La “injerencia indebida”, con aval presidencial
Diana Lastiri
Desde su tribuna en la conferencia matutina, el presidente Andrés Manuel López Obrador desconoció la facultad constitucional del Ministerio Público (MP) federal para realizar investigaciones en el caso Ayotzinapa y la transfirió a su gobierno a través del subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas.
Los tres años de investigación de la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa (UEILCA), perteneciente a la Fiscalía General de la República (FGR), reflejados en 70 tomos, fueron desacreditados públicamente por el presidente al señalar que, para su gobierno, la judicialización del caso se concretará al trabajo realizado por la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa (Covaj), presidida por Encinas.
El Ejecutivo dio a conocer esta atribución de su gobierno luego de que este semanario publicara en su edición anterior (Proceso 2395) que la UEILCA fue ignorada y en consecuencia 21 de las 83 órdenes de aprehensión obtenidas en agosto pasado contra militares y exfuncionarios de Guerrero fueron canceladas a petición de un MP que no tenía facultades para hacerlo.
De esa forma, sólo cuatro elementos castrenses quedaron formalmente presos por los hechos del 26 y 27 de septiembre de 2014, en Iguala, Guerrero, en los que fueron desaparecidos los 43 normalistas. Los detenidos son los señalados por el subsecretario Encinas.
El pasado 26 de septiembre, fecha en la que se cumplieron ocho años de la desaparición de los normalistas, López Obrador fue cuestionado por la cancelación de las órdenes de aprehensión, presentada por el MP federal adscrito al Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales del Estado de México.
“Nosotros estamos actuando a partir de la investigación que llevó a cabo la Comisión Especial. Y para ser muy precisos, la comisión, a través de su coordinador, Alejandro Encinas, me presentó un informe con anexos, ya aquí lo hemos dicho varias veces. Y a partir de ese informe se decidió solicitar a la fiscalía que se actuara, que ya no se perdiera más tiempo y que, si en el proceso se presentaban pruebas y resultaban responsables otras personas, pues que se procediera; pero que ya se actuara porque no queríamos que este lamentable caso se prolongara”, respondió el mandatario.
De acuerdo con el oficio FGR/FEMDH/UEILCA/01365/2022, la UEILCA, a través de su ahora extitular Omar Gómez Trejo, desconoció la petición de la cancelación de las órdenes de aprehensión y cuestionó la resolución del juez segundo de Distrito de Procesos Penales Federales del Estado de México, Enrique Beltrán Santés.
Esto, debido a que el MP adscrito a ese juzgado, que solicitó la cancelación –y el cual, según el escrito firmado por Gómez Trejo, está bajo el mando de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada– no tiene facultades para hacer este tipo de peticiones porque la UEILCA no pertenece a la fiscalía encabezada por Alfredo Higuera Bernal, sino directamente a la oficina del fiscal general, Alejandro Gertz Manero.
Además, el juez fundamentó la cancelación de las órdenes de aprehensión en la aplicación del acuerdo A/070/03, emitido en 2003 por el entonces titular de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) Rafael Macedo de la Concha, sobre la operación de la extinta SEIDO, que faculta como “enlaces” de las unidades administrativas de la PGR a los agentes del MP adscritos a los juzgados federales.
Sin embargo, con la transformación de la PGR en Fiscalía General, ese acuerdo ya no está vigente.
El pasado jueves 29, en su cuarto informe sobre el caso, el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) confirmó que la petición de desistimiento contó con el visto bueno de funcionarios ajenos a la UEILCA.
Proceso