Nerviosismo de Rocha: Jueces Federales “vigilan” al Juez Local Adán Alberto Salazar
Álvaro Aragón Ayala
Ante la posibilidad de que se caigan todos los procesos armados contra los funcionarios de la Universidad Autónoma de Sinaloa y uno contra el ex alcalde Jesús Estrada Ferreiro, el magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia, Jesús Iván Chávez Rangel, por indicaciones del gobernador Rubén Rocha Moya, ordenó sostener como Juez de Control al ministro en retiro Adán Alberto Salazar Gastélum, inhabilitado por la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público para desempeñarse como servidor público.
Adán Alberto Salazar ha sido una de las piezas claves del gobierno de Rubén Rocha Moya en la “legalización” de las carpetas de “investigación” falsas, prefabricadas, que se han usado para vincular dos veces a proceso al Rector en suspenso, Jesús Madueña Molina, al ex rector Juan Eulogio Guerra Liera, y a integrantes del Comité de Adquisiciones de la UAS. El Juez Local fue el receptor de dos expedientes sin basamento jurídico inventadas por el gobernador Rubén Rocha Moya en venganza porque la comunidad universitaria rechazó aplicar la Ley Estatal de Educación Superior.
El Juez de Control se coludió con la Fiscal General de Justicia, Sara Bruña Quiñónez, responsable del armado, con la narrativa del gobernador y documentos falsos o adulterados, de esas carpetas de “investigación” contra las autoridades de la UAS. Así, por consigna, Adán Alberto Salazar desechó la aportación de datos duros y fidedignos y todos los elementos de prueba aportados por los abogados de Jesús Madueña y los otros implicados en los delitos inventados por Rubén Rocha, pero los casos ya son “atraídos” o atendidos por dos Jueces de Distrito.
Precisamente porque los casos llegaron a los Tribunales Federales existe la preocupación fundada del magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia, Jesús Iván Chávez Rangel, de que todas las acusaciones inventadas contra los funcionarios de la UAS se caigan. Rocha Moya, es otro de los intranquilos: no tiene el control de los Jueces de Distrito. El nerviosismo gubernamental escala porque la sociedad ya se enteró que, a partir de agosto del 2013 a la fecha, todas las vinculaciones a proceso, las sentencias y las órdenes de aprehensión, entre otras resoluciones emitidas por Adán Alberto Salazar Gastélum, carecen de validez jurídica.
No se ajustan a la legalidad porque Adán Alberto Salazar es un juez ilegítimo toda vez que se ha desempeñado como “sacerdote cristiano” y la Constitución y la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público especifican que los ministros de cultos religiosos no pueden desempeñar cargos públicos. Así, por la vía de los amparos, los Tribunales Federales podrían anular o invalidar todas las actuaciones de Adán Alberto Salazar.
El desempeño irregular como Juez de Control de Adán Alberto Salazar, por violar la ley, es mucho más grave pues al ser demandado también por ejercicio indebido o ilícito de la función pública y por trasgredir, además, la Ley Federal de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos, sería obligatorio su cese, forzando al Supremo Tribunal de Justicia a liberar casi de inmediato a todos los sentenciados por el Juez de Control espurio.
La Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público establece que los ministros de culto religioso no pueden ser servidores públicos. Sin embargo, desde agosto del año 2013 Adán Alberto Salazar Gastelum comenzó a oficiar como “sacerdote” de la Iglesia Cristiana Manantial de Vida pese a que desempeñaba el cargo de Juez de Control del Supremo Tribunal de Justicia. Entonces, es obvio que, desde esa fecha, a octubre del 2023, todas las resoluciones del funcionario judicial carecen de legalidad.
Estos son los datos duros:
1.-la Iglesia Cristiana Evangélica Manantial de Vida cumplió con los requisitos para funcionar como asociación religiosa y su registro y reglamento apareció publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de agosto del 2013 (REG.NUM.SGAR/3796/2013).
2.- En el registro de la SEGOB aparece el Juez Adán Alberto Salazar como fundador, socio, secretario y tesorero de la Iglesia Cristiana. En el 2013, ya fungía como Juez de Control, y en plenas funciones de ese cargo adquirió el rango de ministro de la Iglesia, violando por partida doble la ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público y la Constitución.
3.- Según el oficio SEGOB_UT/02126/2023 Adán Alberto Salazar causó baja como ministro el 9 de abril del 2021 (AR-02-R/1493/2021). Su renuncia a dirigir los oficios religiosos ocurrió hace apenas dos años con 6 meses, no tres como lo marca la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público para poder desempeñarse como servidor público.
El artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, atendiendo el principio histórico de la separación del Estado y las Iglesias, establece que la ley reglamentaria respectiva concretará la siguiente disposición: inciso C). – “…los ministros de cultos no podrán desempeñar cargos públicos”.
La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público en su artículo 14 dispone que los ciudadanos mexicanos que ejerzan el ministerio de cualquier culto no podrán desempeñar cargos públicos superiores, a menos que se separen formal, material y definitivamente de su ministerio (…) cuando menos tres años antes del día de la aceptación del cargo respectivo.
Adán Alberto Salazar ya era Juez cuando tomó la determinación, a motu proprio, de convertirse, el 6 de agosto del 2013, en ministro de culto. Violó entonces la constitución y la sigue trasgrediendo flagrantemente protegido por el gobernador Rubén Rocha Moya y los funcionarios que se mueven como una mafia al interior del Supremo Tribunal de Justicia de Sinaloa.