Sobrerrepresentación subanalizada
Javier Rosiles Salas
Llama la atención que los analistas políticos no estén utilizando la jerga que corresponde para opinar sobre la sobrerrepresentación que tendrán Morena y sus aliados en la LXVI Legislatura, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República.
¿Sabrán lo que es un sistema electoral mixto? Parecieran –algunos/as– estar inconformes porque habrá una distribución desigual, es decir, no ocurrirá una equivalencia entre el porcentaje de votos obtenido por cada partido político y el porcentaje de curules y escaños que les serán asignados. Esto es así porque el mexicano es un sistema de representación que combina dos principios: el de mayoría y el de representación proporcional.
No existe ningún sistema electoral en el mundo capaz de lograr una proporcionalidad perfecta, y mucho menos lo puede ser uno mixto en el que predomina el principio de mayoría, como es el caso del mexicano.
La indignación de algunos analistas e intelectuales tiene su origen más en un sentimiento que en una perspectiva especializada: se entiende la impotencia ante los pobres resultados de una oposición que tendría que estar haciendo contrapeso a las futuras decisiones que tomará la presidenta electa Claudia Sheinbaum y que darán continuidad a la llamada Cuarta Transformación.
Los datos son contundentes. La coalición PAN-PRI-PRD triunfó en tan sólo 39 distritos electorales federales, casi la misma cantidad que los que logró Morena en solitario, 37. La aglomeración oficialista triunfó en 219 distritos. Completan las cifras tres distritos para el PAN en solitario, uno para MC y uno para una candidata sin partido (independiente).
Recientemente un grupo de especialistas electorales –y críticos del gobierno federal– ha pedido que el INE haga una interpretación “sistemática y funcional” de la ley con el propósito de evitar que Morena y sus aliados no se encuentren sobrerrepresentados, especialmente en la Cámara de Diputados.
El colectivo se reunió con una mayoría de los consejeros electorales, ocho de los 11, y sus integrantes defendieron la pluralidad, la proporcionalidad y la representatividad electorales. Fueron drásticos en anticipar los posibles efectos de que Morena, el Partido Verde y el PT tuvieran más de 300 curules: el hecho atentaría contra la democracia.
Jorge Alcocer explicó: “bajo esa argumentación que los juristas llaman sistemática y funcional, y que es armónica con otros dispositivos y otras normas constitucionales, la conclusión a la que arriba el Observatorio Ciudadano es que la coalición integrada por los partidos Morena, Verde Ecologista y PT no debe tener en la próxima legislatura más de 300 diputados, que es el límite que señala la Constitución y que, aplicado ese límite, debe verificarse que no tenga una sobrerrepresentación como coalición mayor a ocho puntos porcentuales”.
El argumento de fondo de quienes han mostrado su inconformidad tiene que ver con la idea de que “no todos los votos están valiendo lo mismo”. Aunque hay que decir que dicho planteamiento oculta cierto grado de confusión: “lo que sí es muy importante es no confundir la igualdad de voto, que se viola cuando, en condiciones iguales, los mismos votos tienen un valor distinto, y la proporcionalidad, que se viola en todos los sistemas electorales del universo mundo, en mayor o menor medida”, advierten Penadés y Pavía en su libro La reforma electoral perfecta (Catarata, 2016, p. 61).
Los referidos autores –disculpando el prurito académico que en esta ocasión parece necesario– discutían hace un par de años sobre cuál sería la mejor reforma electoral para España. Hacían una distinción fundamental: ojalá que todos los sistemas electorales del mundo tuvieran dos cualidades, equidad y proporcionalidad, pero se debe comprender la complejidad que conlleva el generar los mecanismos de distribución del poder.
De ahí que escribieran: “Todos los votos deben contar lo mismo y todas las opciones deben tener las mismas oportunidades, a eso llamamos ‘equidad’. Si se trata de repartir escaños, luego podemos desear que el sistema sea proporcional, pero eso no es un mandato de equidad”. De tal manera que el principio de mayoría (en el que el ganador lo gana todo y los perdedores hacen lo propio incluso por diferencia de un voto) puede respetar la equidad tanto como el de representación proporcional: “hay cosas que no son negociables, pero la proporcionalidad sí lo es” (p. 9).
La sobrerrepresentación, últimamente en México, se ha discutido de manera muy superficial. El tema va más allá de lo que dice la Constitución, en donde, por cierto, hoy día, en el artículo 54 se habla claramente de “partido” y no de “coalición”.
¿El principio de representación proporcional es más democrático que el de mayoría? ¿Qué principio genera mayor legitimidad en la obtención de los cargos públicos? ¿México debería adoptar un sistema de representación proporcional pura? El poder no se cede, mucho menos por una interpretación jurídica que tendría que basarse más en buenos deseos que en la literalidad.
Si no se está de acuerdo con el actual sistema electoral y sus mecanismos de distribución del poder habrá que pugnar por cambiarlos, aunque el oficialismo tendrá por tres años el control en el Poder Legislativo.
Con información de Crónica