Lo que el INAI ha ordenado abrir en el caso Ayotzinapa
Julieta del Río
Diez años después la única constante en el caso Ayotzinapa ha sido la opacidad. Para ser más clara: opacidad montada sobre una impunidad estructural; 10 años donde diversas instituciones del Estado, desde lo federal a lo local, han impedido el derecho de acceso a la información y, por lo tanto, el acceso a la verdad, justicia y reparación del daño, derechos elementales en la construcción de paz.
Hablar de Ayotzinapa es tocar uno de los temas más sensibles sobre violaciones graves a los derechos humanos en nuestro país porque involucra jóvenes estudiantes en torno a crímenes para los cuales se sigue pidiendo justicia. El reclamo social continúa presente en la conciencia nacional hasta conocer la verdad de los hechos y la reparación del daño a los afectados.
El interés por conocer información sobre el tema es evidente, para muestra, los registros de la Plataforma Nacional de Transparencia. Al 24 de septiembre se tienen dos mil 395 registros de información pública, mil 646 solicitudes de información y 64 recursos de revisión (quejas ante negativas de información por parte de ciertas instituciones).
Las autoridades recurridas son, por ejemplo, la Fiscalía General de la República, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, la Secretaría de la Defensa Nacional y el Centro Nacional de Inteligencia, entre otras.
¿Qué busca conocer la sociedad? Las copias de los peritajes independientes, el costo de los operativos, los nombres de los encargados de las fuerzas de seguridad, declaraciones ministeriales, datos estadísticos sobre órdenes de aprehensión, los procesos que siguió el ayuntamiento de Iguala para resguardar y destruir oficios y el tipo de apoyo que se le han brindado a las familias de los jóvenes desaparecidos, entre otras cuestiones.
Si las autoridades no rinden cuentas, las personas pueden acudir al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Cuando se trata de violaciones graves a los derechos humanos, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública indica que la información no puede clasificarse como reservada, pues su publicidad es de máximo interés colectivo.
Ayotzinapa representa un caso paradigmático también para el INAI. Por primera vez el instituto ejerció su facultad constitucional –adquirida por la reforma del año 2014 que lo dotó de autonomía plena– para determinar el interés público de la información cuando existen violaciones graves y logró abrir la versión pública de las investigaciones realizadas por la entonces Procuraduría General de Justicia (PGR).
Bajo esta misma línea, en abril de este año presenté un proyecto en el Pleno del INAI para que la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República entregue completos los informes de la Comisión para la Verdad y el Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa.
En 2023 otro proyecto trabajado en la ponencia que coordino instruyó a la Oficina de la Presidencia de la República dar a conocer la versión pública del expediente sobre el caso entregado por la vicepresidenta de Estados Unidos al titular del Poder Ejecutivo Federal en mayo de 2021. Mis colegas han actuado en el mismo sentido: en abril de 2023 instruimos a que la Fiscalía dé a conocer distintas órdenes de aprehensión libradas sobre el caso.
En 2014, cuando sucedió la desaparición de los estudiantes, la sociedad se movilizó ampliamente acompañando a las familias del trágico suceso y poniendo en jaque al gobierno en turno. Esa voluntad colectiva de rendición de cuentas, de acceso a la información y acceso a la justicia, debe continuar hasta conocer la verdad.
Con información de Proceso