Avanza en el Congreso una propuesta para sancionar cobros extrajudiciales ilegales
Alma E. Muñoz
La Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados avaló una propuesta de modificación al Código Penal Federal para sancionar con uno a cuatro años de prisión y multa de 50 mil a 300 mil pesos a quienes realicen cobros extrajudiciales ilegales, los llamados montadeudas.
El diputado Jericó Abramo Masso (PRI), impulsor de la reforma, advirtió que se han detectado más de 500 mil fraudes por diferentes instituciones.
“Esta iniciativa evitará que millones de familias caigan en las garras de agiotistas disfrazados de empresas y que son entes ilícitos que se dedican, bajo el idioma financiero, a prestar dinero con altas condiciones de crédito, de casi 250 por ciento de interés anual”, señaló.
En agosto del año pasado, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana informó que había identificado 600 aplicaciones de montadeudas, a través de las cuales se cometen fraudes, extorsiones y amenazas a los usuarios. Hasta entonces se habían abierto 350 carpetas de investigación en las fiscalías de diversas entidades del país, en particular de la Ciudad de México.
Abramo Masso explicó que los montadeudas han tenido un crecimiento exponencial por la rapidez con que se obtienen los recursos vía transferencia electrónica.
Y ese monto, añadió, se vuelve impagable porque aplican un modelo de cobro de interés diario que supera las tasas que las instituciones reguladas aplican al otorgar un crédito. De tal manera que pequeñas cantidades se ven multiplicadas de manera exponencial en unos pocos días, lo que dificulta el pago de los deudores y da paso a la extorsión y cobranza ilegal.
En la iniciativa se menciona que esas aplicaciones digitales –que no están reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ni cumplen con los requisitos establecidos en la Ley de Instituciones de Crédito– ofrecen préstamos que van de 500 a más 20 de mil pesos.
Se ofrecen mediante redes sociales, particularmente Facebook, Instagram y Twitter, aunque también lo hacen por medio de volantes y anuncios de ocasión.
La propuesta de reforma establece que la cobranza extrajudicial ilegal es el “uso de la violencia o la intimidación ilícitos, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda derivada de actividades reguladas y no reguladas en leyes federales”. Incluye créditos o financiamientos “que hayan sido otorgados originalmente por personas dedicadas habitual y profesionalmente a esta actividad, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza”.