Regulación a Uber, Didi y Rappi, la reforma pendiente

Luis Herrera y Rubén Zermeño

Miles de trabajadores en México ruedan, conducen y avanzan sin seguridad social ni ningún derecho laboral, aunque pronto eso podría cambiar siempre y cuando las autoridades federales tengan la voluntad política de hacerlo.

La iniciativa que está diseñando la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para modificar la legislación laboral mexicana, con el objetivo de regular las condiciones generales de trabajo que ofrecen las empresas de plataformas digitales en el país, como Uber, Rappi o Didi está prevista para ser presentada ante el Congreso de la Unión antes de que termine este 2023.

Aunque este planteamiento para reformar la Ley Federal del Trabajo, uno de los proyectos más importantes que tenía bajo desarrollo la anterior secretaria del Trabajo y nueva titular de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, quedó sin concretarse durante su gestión, los reportes de la dependencia indican que será durante este año que la iniciativa se turne al Poder Legislativo.

De acuerdo con un reporte generado por la dependencia en febrero de 2023, donde expone sus avances sobre este proyecto y obtenido vía transparencia (Recurso de Revisión RRA 19458/22), la Secretaría considera necesaria esta reforma  pues el medio millón de personas que están laborando para las empresas de plataformas digitales lo están haciendo bajo un esquema de informalidad.

“La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Unidad de Trabajo Digno, se encuentra trabajando en un proyecto de propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de trabajo en plataformas digitales, con la finalidad de regular la contratación y condiciones generales de trabajo de las personas trabajadoras y empresas de plataformas digitales.

“Desde el año 2021, la STPS ha evaluado la forma de regular la contratación y las condiciones generales de trabajo de las personas trabajadoras y empresas de plataformas digitales; ya que la Secretaría considera que actualmente las personas trabajadoras de plataformas digitales laboran en empresas formales, pero en esquemas laborales informales”.

Los objetivos de la reforma

Por eso justamente, uno de los objetivos que se pretenden alcanzar con esta reforma, es que los trabajadores de las empresas de plataformas digitales obtengan acceso a las prestaciones de seguridad social, un aspecto que está siendo analizado de forma conjunta por la Secretaría y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

“La STPS ha mantenido reuniones constantes con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para analizar la viabilidad de la flexibilidad en los esquemas de aseguramiento de las personas trabajadoras de plataformas digitales, y permitir que las personas trabajadoras tengan un acceso efectivo a los beneficios de la seguridad social: atención médica, incapacidades, ahorro para el retiro, guarderías, entre otros”.

El 15 de julio de 2022, la Unión Nacional de Trabajadores por Aplicación y de Reparto de México, emitió un comunicado sobre la compañía Uber,  en el que expuso las irregularidades con la que operan.

“Esta situación de ilegalidad con la que la empresa se maneja y opera afecta principalmente a sus trabajadores, pues, en un primer momento, estos no reconocen la relación laboral que mantienen con sus conductores y los hacen pasar por ‘socios’, artilugio utilizado para evitar dar todos los derechos y prestaciones que cualquier trabajador merece por derecho. Es decir, estos no cuentan con un salario mínimo ni ningún tipo de seguridad social o prestación. Están en un estado de precariedad total”.

Visos de la reforma

La reforma que alista la Secretaría del Trabajo, ahora bajo la batuta de Marath Bolaños López, estará enfocada en las empresas de plataformas digitales que utilizan las tecnologías de la información orientadas de manera enunciativa, mas no limitativa al transporte de pasajeros y mercancías, tales como Uber, DiDi, InDrive, Rappi, entre otras.

Con respecto a la manera en que debe ser concebido el trabajo en este tipo de plataformas digitales, la definición que está previendo la propuesta de la Secretaría, y que podría llegar hasta la legislación laboral, consiste en lo siguiente:

“Como una relación laboral subordinada, mediante el desempeño de actividades remuneradas que requieran la presencia física de la persona trabajadora para la prestación del servicio, las cuales son gestionadas por una persona física o moral en favor de terceros a través de una plataforma digital, utilizando las tecnologías de la información y la comunicación para ejercer el mando y la supervisión sobre la persona trabajadora”.

Entre las legislaciones de otros países en la materia que han sido consideradas por la Secretaría como insumos para el análisis, destacan el Código del Trabajo de Chile y la Ley 12/2021 de España. La dependencia señala que, aunque se buscará garantizar el derecho al trabajo dignoformal y flexible de las personas trabajadoras en estas empresas, esto se hará “preservando la sostenibilidad del modelo de negocio”.

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