Interventor controlará bienes del PRD ante su pérdida de registro
Lilian Hernández Osorio
Ante la inminente pérdida de registro del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que revelan los resultados de los cómputos distritales, la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) designará de inmediato
a un interventor responsable del control y vigilancia del uso y destino de los recursos y bienes del partido, que deberá ser aprobado por el consejo general del instituto.
Ayer, la Unidad Técnica de Fiscalización del órgano electoral notificó al partido que al no alcanzar 3 por ciento de la votación nacional (el mínimo que indica la Constitución), las prerrogativas y gastos serán autorizados por el interventor que apruebe el instituto.
Aunque el PRD contempla impugnar los 300 distritos electorales, la Ley General de Partidos Políticos establece una ruta legal, a fin de vigilar los bienes y recursos para la eventual liquidación, la cual suele ser muy tardada y por ello la actuación del interventor como lupa en sus gastos.
El documento que entregó el área de fiscalización del INE al partido señala que entra en una fase de prevención
, la cual comienza con los resultados que arrojan los cómputos distritales y hasta que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declare firme su pérdida de registro.
El artículo 95 de la Ley General de Partidos Políticos estipula que la Junta General Ejecutiva del INE emitirá la declaratoria de pérdida de registro, pero hasta que el TEPJF lo valide después de las impugnaciones, empezará el proceso de liquidación en el que el PRD debe cumplir con las obligaciones fiscales, financieras y administrativas.
A partir de su designación, el interventor tendrá las más amplias facultades para actos de administración y dominio sobre el conjunto de bienes y recursos del partido político que no haya alcanzado el porcentaje mínimo de votación, por lo que todos los gastos que realice el partido deberán ser autorizados expresamente por el interventor. No podrán enajenarse, gravarse o donarse los bienes muebles e inmuebles que integren el patrimonio del partido político
, detalla el artículo 97 de esta misma ley.
Cuando la Junta General Ejecutiva del INE emita la declaratoria de pérdida de registro, el interventor dará el aviso de liquidación al PRD, además de determinar las obligaciones laborales, fiscales y con proveedores, así como establecer el monto de recursos o valor de los bienes susceptibles de ser utilizados para el cumplimiento de sus obligaciones.
En este proceso, el partido tiene que cubrir con lo que marca la ley de la liquidación de los trabajadores y en caso de que haya remanentes deberán ser adjudicados íntegramente a la Tesorería de la Federación
.
Con información de La Jornada