¿La soberanía se autolimita?
Luis Octavio Vado Grajales
¿La soberanía admite límites? Si, ella misma se puede contener, aunque parezca contradictorio; con independencia del debate acerca de dónde reside la soberanía coincidiremos en que ésta se manifiesta de maneras evidentes, como en la elaboración o reforma de una constitución.
Ahí, al definir la forma de organización política y el catálogo mínimo de derechos, encontramos la definición del Estado que se es y de la nación que se espera ser. Esto, sobre todo, si aceptamos que la razón de ser del Estado es la protección de los derechos de las personas, no el engrandecimiento de una raza o la preeminencia de una clase.
Dentro de las reglas que fija una Constitución, establece tanto el procedimiento para negociar como para aceptar un tratado internacional e incorporarlo al Derecho nacional. Esos acuerdos en los que se manifiesta el compromiso de un país para cumplir con ciertas obligaciones; así, el tratado es un acto soberano, por el que las naciones mandan un mensaje a la comunidad internacional: “si se aprueba un tratado siguiendo estos pasos y por parte de estos órganos, el Estado se compromete a su cumplimiento, así como a hacerlo efectivo.”
Claramente esta es un autolimitación del soberano para el futuro, pues al comprometerse con otros estados a cumplir el tratado, no puede obrar de manera contraria a lo que pactó.
Imaginemos que México firma un tratado con otro país, por el cual este segundo se compromete a que, en caso de detener a una persona de nacionalidad mexicana, deba hacerlo del conocimiento inmediato de nuestro consulado. Si de forma intempestiva este país no cumpliera con el tratado y afirmara: “he tomado la decisión soberana de dejar de cumplir con el tratado”, ¿nos parecería una decisión jurídica, válida, justa?
Seguramente usted pensaría que ese país incumplido ya había adquirido, de manera libre y soberana, una obligación, que como todo acuerdo debe cumplirse.
Pero entonces, ¿es una voluntad externa la que está sobrepasando a la decisión soberana de dejar cumplir el tratado? No, es la propia decisión soberana nacional la que decidió pactar que, en caso de detener a una persona de nacionalidad mexicana, se debería informar de forma inmediata al consulado mexicano.
Así la propia soberanía se ha limitado de manera libre, que es la única manera en que efectivamente puede hacerlo.
Pero ¿y si lo pactado en el pasado hoy nos parece incorrecto?, ¿la soberanía de hoy está engrilletada por la voluntad de hace años? No necesariamente, existe la posibilidad de denunciar el tratado y desatarnos de lo acordado, también para eso hay un procedimiento que se debe seguir. Lo que no se vale es simplemente afirmar “ya no me gusta, ya no juego e incumplo”, esto sería similar a decir frente a la tentación “desde este momento ya no me considero casado ni obligado a cumplir con mi palabra”, sin mayor trámite, por mera voluntad personal.
Así, el soberano que se limita, al atender lo pactado, se honra y obedece a sí mismo.
Con información de Crónica