Controversia: que no aplica la Revocación de Mandato a Rubén Rocha, dice Arturo Fajardo
Álvaro Aragón Ayala
El Instituto Estatal Electoral del Estado de Sinaloa determinó la no procedencia y por tanto negó el inicio de trámite para el proceso de Revocación de Mandato contra el gobernador Rubén Rocha Moya, promovido por un grupo de ciudadanos.
El consejero presidente, Arturo Fajardo Mejía, sostuvo que la Ley de Revocación de Mandato y la reforma a la Constitución Política local cobraron vigencia con posterioridad a la jornada electoral en la que se eligió al actual mandatario estatal.
Recordó que en la elección celebrada el 6 de junio de 2021 la ciudadanía sinaloense otorgó por mayoría de votos a Rocha Moya que ejerciera la gubernatura por un periodo de 6 años, comprendido del 01 de noviembre del 2021 al 31 de octubre de 2027.
“En ese momento no existía el marco jurídico ni en la norma ni en preceptos constitucionales o legales de la legislación aquí en Sinaloa que previera que ese encargo pudiera terminar de manera anticipada, fue hasta el 17 de junio de 2022 que se publicó la reforma constitucional que contemplaba la figura de la Revocación de Mandato y fue hasta el 2024 que se publicó la Ley de Revocación de Mandato”, explicó.
En el ámbito macional, la Ley Federal de Revocación de Mandato fue aprobada el 7 de septiembre del 2021 y publicada el 14 se septiembre de ese año en el Diario Oficial de la Federación.
La ley de marras nació tres años después de que fuera electo y tomó posesión el presidente Andrés Manuel Looez Obrador y aún así se aplicó.
El domingo 10 de abril del 2022 se celebró en México la consulta de revocación de mandato de Andrés Manuel López Obrador. El referéndum contó con un 17.5 por ciento de participación —unos 17 millones de mexicanos— según datos del Instituto Nacional Electoral. Los votos a favor de la continuidad del presidente mexicano fueron de un 91.1 por ciento mientras que quienes votaron en contra de su permanencia fueron un 7. 5 por ciento.