Seis años de Ley de Amnistía, y más personas en prisión que nunca

A seis años de la Ley de Amnistía en México, la población en prisión ha aumentado en 25%, evidenciando que la medida no logró revertir las desigualdades del sistema de justicia penal. La norma reconoció factores como pobreza, género y origen étnico en la criminalización, pero no transformó las estructuras que la producen. La alta proporción de prisión preventiva, la falta de revisión de casos, los supuestos limitados de la ley y la ausencia de políticas de reinserción y reparación mantienen el problema. El reto, advierte el análisis, es avanzar hacia una política de descriminalización que atienda las causas estructurales del encarcelamiento en México.

EQUIS: Justicia para las Mujeres

Hoy se cumplen seis años desde que México aprobó su Ley de Amnistía, la norma que el gobierno de Andrés Manuel López Obrador presentó como un paso histórico hacia la reparación de las injusticias acumuladas en el sistema de justicia penal. Desde entonces, al menos 13 estados han adoptado una ley propia para reconocer distintos supuestos que, en teoría, debían responder a las realidades locales. Sin embargo, los números nos cuentan otra historia. A seis años de su aprobación, la Ley de Amnistía en México deja una pregunta incómoda: ¿por qué hay más personas en prisión que cuando se aprobó?

La ley partió de un diagnóstico que sigue vigente: el sistema de justicia penal mexicano no opera en condiciones de igualdad. Hay personas que llegan ante estas instituciones sin defensa, sin información, sin posibilidad real de hacerles frente. La pobreza, el origen étnico y el género determinan, en gran medida, quién termina encarcelada y quién no, tal como lo documentamos en nuestro más reciente informe: De la Ausencia a la Criminalización. La idea central era sumamente potente y simbólica: reconocer estos factores de criminalización y detener el daño mediante procesos que permitiera interrumpir el proceso penal y/o la privación de la libertad, eliminando además los antecedentes penales de las personas beneficiarias.

En abril de 2020, cuando se aprobó la ley, 207 mil 890 personas se encontraban encarceladas en el país, alrededor de 11 mil de ellas mujeres. Las cifras más recientes muestran que hoy son 261 mil 388 las personas en prisión, más de 16 mil de ellas mujeres — un aumento del 25% en la población penitenciaria general y la cifra más alta de personas en prisión desde que contamos con registro.

¿Cómo llegamos hasta aquí? La Ley de Amnistía solo tendría que haber sido el primer paso de una reforma más profunda. 

  1. Un reconocimiento sin transformación

La ley nombró las desigualdades estructurales que están en la raíz de la criminalización, pero ese nombramiento no derivó en cambios concretos al sistema que fabrica esos casos. No se modificaron los tipos penales que aborda la ley, ni tampoco llevó al Estado a impulsar una revisión proactiva de expedientes que pudieran haber calificado: la carga de solicitar la amnistía recayó enteramente en las personas. Y las condiciones que hacen a esas personas vulnerables ante el sistema siguen igual. Las observaciones más recientes del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial a México son reveladoras: señalan la escasa disponibilidad de intérpretes y defensores con conocimiento de las culturas y lenguas indígenas.

Mientras tanto, otros mecanismos siguieron operando en sentido contrario. El 86% de las personas que ingresan a prisión lo hacen sin sentencia, bajo alguna modalidad de prisión preventiva —y esa proporción es aún mayor entre las mujeres: en 2024, el 90% de ellas ingresó en esa condición. Aproximadamente 4 de cada 10 personas sin sentencia llevan más de dos años esperando un fallo, lo que explica por qué el procedimiento abreviado se convierte en una opción para acelerar la libertad más que una decisión informada. En ambas vías —la prisión preventiva y el abreviado— un juez nunca llega a evaluar el contexto ni las condiciones en que se cometió el delito: la prisión se vuelve un resultado casi automático.

  1. Supuestos demasiado acotados

La ley enmarcó situaciones endémicas —delitos cometidos bajo pobreza extrema, coerción, violencia de género, amenazas del crimen organizado, ausencia de intérpretes— en un catálogo cerrado de tipos penales como delitos contra la salud o robo. El problema es que la desigualdad no respeta ese catálogo: atraviesa prácticamente todos los delitos y a la gran mayoría de las personas privadas de la libertad.

Dos casos resueltos recientemente por la Suprema Corte lo ilustran. Una mujer fue condenada a más de 27 años por secuestro agravado porque, según la víctima, fue quien la alimentó. Otra fue sentenciada a casi el mismo tiempo por el homicidio de su hija, con base en prejuicios sobre la maternidad y no en evidencia sólida. En ambos casos, la Corte consideró que estos casos no se juzgaron con perspectiva de género. Pero ese recurso no está al alcance de todas. Y la amnistía, tal como fue diseñada, tampoco las contempla: por temor a la opinión pública, delitos como el secuestro, homicidio, o trata de personas quedan excluidos por completo de sus supuestos, sin importar el contexto en que se cometieron ni el nivel real de participación de quien fue sentenciada.

  1. La reinserción, una promesa incumplida

Salir de prisión a través de la amnistía no garantiza un acompañamiento integral. La ley no estuvo respaldada por políticas públicas que aseguren el acceso a salud, educación o trabajo para quienes accedieron a la libertad por esta vía. Nuestro informe muestra que, a diez años de la aprobación de la Ley Nacional de Ejecución Penal, el cambio de paradigma que representó sigue siendo más declarativo que operativo: mecanismos como las comisiones intersecretariales tienen niveles de implementación muy bajos; la reinserción sigue ausente de la mayoría de los planes y programas de igualdad de género o desarrollo; y la atención a personas liberadas es prácticamente inexistente. 

  1. La reparación, una deuda sin mecanismo

En México, no existe un mecanismo accesible para reconocer errores judiciales ni para reparar de manera integral el daño que producen. Los procedimientos disponibles son complejos, dependen de asesoría especializada difícil de conseguir, y generan un temor comprensible: volver a enfrentarse al Estado después de haber sido su víctima. Nadie responde por los proyectos de vida truncados, las deudas contraídas para costear una defensa, ni el daño psicosocial y económico que se extiende sobre las familias. 

  1. Las fiscalías, el nudo que no se deshizo

El obstáculo más persistente ha sido, sin duda, la postura de las fiscalías. Año tras año hemos observado que siguen apelando de manera casi sistemática las solicitudes de amnistía, continúan persiguiendo los mismos delitos con la misma lógica, y operan como si la ley no existiera. Mientras las fiscalías no cambien su forma de actuar, cualquier avance legislativo chocará contra ese muro. No hay reforma posible si quienes alimentan el sistema se mantienen al margen de ella.

¿Todo esto significa que la ley fue un error? Por supuesto que no. Cada persona que salió de prisión gracias a la amnistía es una victoria en sí misma. La Ley de Amnistía fue un primer paso genuino en el reconocimiento público de que el sistema encarcela de manera desigual. 

Lo que necesitamos ahora es cambiar el enfoque: pasar de una lógica de excarcelación a una de descriminalización. Desde EQUIS, entendemos ese enfoque como la revisión de casos a partir de los factores de discriminación—empezando por quién enfrentó el proceso en condiciones de pobreza extrema, prejuicios y violencia sin importar el tipo penal —, usando de manera articulada todas las herramientas que el Estado ya tiene: amnistía, beneficios de preliberación, indultos, criterios de política penitenciaria. 

Porque el daño que necesitamos reparar es un daño que el Estado produce: cuando criminaliza la pobreza, cuando niega una defensa adecuada, cuando fabrica basándose en prejuicios machistas o racistas. La pregunta que este aniversario nos deja no es si la ley fue suficiente. Es si seguiremos conformándonos con liberar a algunas personas, sin preguntarnos cómo desmantelar la fábrica de injusticias.

1 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 22 de abril de 2020, Ley de Amnistía, Diario Oficial de la Federación,, disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmn.pdf

2 Secretaría de Gobernación, Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia, Ley de Amnistía, disponible en: https://justicia.segob.gob.mx/es/UASJ/Ley_de_Amnistia

3 Secretaría de seguridad y protección ciudadana. Abril 2020. Cuaderno mensual de información estadística
penitenciaria nacional. Consultado en:https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/882283/CE_2020_ABRIL.pdf

4 Secretaría de seguridad y protección ciudadana. Febrero 226. Cuaderno mensual de información estadística
penitenciaria nacional. Consultado en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1065235/CE_2026_02.pdf

5 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Comité para la Eliminación
de la Discriminación Racial, Observaciones finales sobre los informes periódicos 22º a 24º combinados de
México, disponible en: https://hchr.org.mx/comite/comite-para-la-eliminacion-de-la-discriminacion-racial-
observaciones-finales-sobre-informes-periodicos-22-a-24-combinados-de-mexico/

6 EQUIS: Justicia para las Mujeres, De la ausencia a la criminalización. Una mirada situada a las condiciones de exclusión, violencias y discriminación estructural que viven las mujeres afectadas por el sistema penal en México, 2026, disponible en: https://equis.org.mx/wp-content/uploads/2026/03/EQUIS_Informe-DE-LA-
AUSENCIA-A-LA-CRIMINALIZACION-1.pdf

7 El Universal, Corte ordena juzgar con perspectiva de género a mujeres que participen en secuestros; violencia
y subordinación, factores determinantes, 17 de febrero de 2026, disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/nacion/corte-ordena-juzgar-con-perspectiva-de-genero-a-mujeres-que-participen-en-secuestros-violencia-y-subordinacion-factores-determinantes/

8 El Universal, SCJN ordena juzgar con enfoque de género caso de mujer migrante sentenciada por el homicidio de su hija; pide sustentar pruebas, 15 de abril de 2026, disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/nacion/scjn-ordena-juzgar-con-enfoque-de-genero-caso-de-mujer-migrante-
sentenciada-por-el-homicidio-de-su-hija-pide-sustentar-pruebas/