Pensión IMSS Ley 73: ¿cuánto subirá el pago mensual en 2025 y cuándo aplicará el aumento?
Fernando Huacuz
De acuerdo con la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual planteó un ajuste en la Ley 73 de la Pensión IMSS, las y los jubilados recibirán un aumento en sus pensiones a partir del 2025, hecho que estará determinado por la inflación.
En este sentido, todas las personas que se encuentren bajo la Ley del 73 bajo la Modalidad 40 podrán gozar de este beneficio. Cabe señalar que, bajo este esquema, las y los pensionados tienen derecho de recibir un aumento cada año.
Asimismo, es menester señalar que dicho aumento se determinaba por el salario promedio de sus últimas 250 semanas y el tiempo de antigüedad registrado en el Instituto. No obstante, esto cambiará, pues a partir del siguiente año el ajuste estará basado en la inflación.
¿Cuánto aumentará la Pensión IMSS 2025?
Para entender mejor este cambio, es necesario aclarar que la Ley 73 ajusta el monto de pago de las y los pensionados que se afiliaron al IMSS antes del 1 de julio de 1997. Por lo tanto, los que se verán mayormente beneficiados son las personas que estén en el régimen de Pensión Mínima Garantizada. En otras palabras, el aumento para ellos sería de hasta 12% en su pago mensual.
Cabe destacar que, hasta septiembre de 2024, la inflación se encontraba en un 5%, por lo que se espera que estos aumentos ronden en dicho porcentaje. El dato será confirmado una vez que se dé a conocer el cierre anual definitivo.
A pesar de que el ajuste aún no es oficial, se espera que para finales de año se formalice dicha medida y entre en vigor a partir del siguiente año.
Esta iniciativa es parte de los objetivos del gobierno de la presidenta, Claudia Sheinbaum, quien aseguró que “Nuestro objetivo es que el salario mínimo llegue a equivaler a 2.5 canastas básicas, cuando actualmente está en 1.6. Esto significaría un aumento de alrededor del 12% en 2025″.
¿Cómo tramitar la pensión?
Para iniciar el trámite de pensión deberás tener los siguientes documentos:
- Identificación oficial con fotografía vigente
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses
- Documento expedido por la institución de crédito en el cual se identifique el Número de Cuenta y CLABE, a favor del beneficiario para recibir el pago de la pensión o del subsidio, según corresponda.
- Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento.
- Si tienes dudas, en este enlace puedes obtener más detalles: https://www.imss.gob.mx/tramites/imss01002
¿Qué requisitos debe cumplir las y los pensionados?
De acuerdo con el Régimen de la Ley del Seguro Social 1973, las personas interesadas en esta pensión deberán cumplir con estos requisitos:
Que el asegurado:
- Tenga cumplidos al menos 60 años de edad al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.
- Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Se encuentre privado de trabajo remunerado.
- Haya estado inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
- Tenga registradas ante el Instituto un mínimo de 500 semanas de cotización.
- Esté vigente en sus derechos ante el Instituto o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley.
Régimen de la Ley del Seguro Social 1997
Que el asegurado:
- Tenga cumplidos al menos 60 años de edad al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.
- Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Se encuentre privado de trabajo remunerado.
- Tenga registradas ante el Instituto un mínimo de *1,000 semanas de cotización.
Si no reúne las *1,000 semanas de cotización y habiendo cumplido sesenta años, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para el otorgamiento de la pensión. En este caso, si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta semanas, tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad (información oficial del IMSS).
Finalmente, nuestra recomendación es consultar la página web oficial del IMSS, donde podrás conocer más detalles sobre este aumento en las pensiones para 2025.
Con información de La Crónica