Derecho a la memoria en México
Miguel Concha
El derecho a la memoria forma parte de los avances de derechos humanos y la respectiva generación de las políticas públicas que han realizado diversos estados en relación con su pasado. Forma parte de los amplios procesos de verdad y justicia y en algunos casos se asocia con la justicia transicional, ya que busca responder a una situación histórica o política donde se debe construir una salida a un conflicto o a determinada situación política no democrática, donde acontecen violaciones a derechos humanos.
Para Eric Millard, los marcos normativos, la ley en la materia, debieran permitir que “se proponga una respuesta al pedido de justicia y de reparación de las violaciones a derechos humanos”, apuntando a la reconstrucción para el futuro de la cohesión de las sociedades afectadas. ¿Qué implicaciones tiene el derecho a la memoria para las víctimas y la sociedad? Por un lado, sin afán de ser exhaustivo y brindando tan sólo algunas pistas para abordar este asunto, puedo decir que este derecho implica la puesta en marcha de dispositivos diversos que aseguren las garantías de memoria y no repetición.
Asimismo, trae consigo el desarrollo de investigación científica e histórica sobre los hechos y la consecuencia jurídica que puede derivar de aquella investigación. El derecho a la memoria no intentaría, en mi perspectiva, sólo buscar posibles responsabilidades de tipo penal para quienes son señalados como perpetradores de graves violaciones a los derechos humanos, sino también contribuir desde una perspectiva ética y social en la reparación de los daños, y más aún, contribuir a la transformación radical de la realidad y de las condiciones estructurales que propiciaron determinadas violencias y violaciones a los derechos humanos.
En México, desde hace tiempo se ha venido impulsando este derecho, anclado al contexto internacional e interamericano de derechos humanos. En el actual sexenio se ha focalizado un trabajo relevante que deberá continuar con el paso de los años venideros. En el micrositio de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, dedicado a los sitios de memoria(vinculados a violaciones a derechos humanos durante la guerra sucia) se lee: “El derecho a la memoria es el derecho de las víctimas y familiares que las atrocidades cometidas en el pasado contra sus personas, sean objeto de penas ejemplares, para evitar que se cometan injusticias en el presente y en el futuro. Es transitar hacia una cultura de paz y respeto de los derechos humanos, evitando replicar los crímenes de la historia.
“Es transitar hacia una cultura de paz y respeto de los derechos humanos, evitando replicar los crímenes de la historia” (sitio: https://n9.cl/ff9go). En la Ley General de Víctimas (2013) no encontramos necesariamente alguna mención concreta y desarrollada sobre el derecho a la memoria; sin embargo, en su artículo 26 contempla que tanto la memoria como la verdad son derechos de las víctimas que se incluyen dentro de los deberes del Estado relacionados con la investigación de lo sucedido. Una buena indagación, por tanto, repercute directamente en la recuperación de la memoria histórica de las víctimas, aunque no se especifique a detalle qué significa o implica la recuperación de ésta conforme a lo que establece la ley actual.
Para el caso mexicano, el derecho a la memoria debe formar parte de la reconstrucción del tejido social y contribuir a la pacificación social en diversos contextos locales. De ahí que se avizora la necesidad de desarrollar y llenar de más contenido tal derecho, primero en leyes específicas y después en las elaboraciones de acciones de Estado encaminadas a su realización, mediante políticas públicas de memoria.
Algunas legislaciones locales revisadas establecen este derecho a la memoria de manera muy amplia, la de Guanajuato y la de la Ciudad de México, por ejemplo, contemplan la construcción de sitios de memoria para las víctimas, además de la recuperación de la honra y la memoria de éstas. Sin duda, en estos procesos deben estar involucradas las víctimas, bajo el principio de participación activa, pues son ellas quienes buscan incansablemente verdad y justicia, y se reapropian y resignifican los espacios que les parezcan pertinentes para esos procesos. Con o sin ley específica, lo cierto es que la memoria florece todo el tiempo. Es memoria rebelde que lucha por habitar los espacios públicos de muchos territorios en el país.
Todo esto nos recuerda –y nos invita– a mirar a las víctimas, a las tragedias, a las personas y a la sociedad. Encaminándonos así a procesos complejos, donde el blanco y negro o lo bueno y malo no alcanzan para comprender el nivel de reto que tenemos para enrutarnos de forma contundente y comprometida hacia la paz. La lucha por el derecho a la memoria se vuelve disputa por proyectos políticos, por cambios necesarios. Ojalá en México pronto se den reflexiones de fondo sobre este derecho y logremos consolidar marcos normativos y política pública de memoria a favor de las víctimas.
La Jornada