Plan C: ¿cuál es la diferencia entre el Ministerio Público y el Poder Judicial?
Regina Macías
El Ministerio Público (MP) y las personas ministras y magistradas del Poder Judicial tienen funciones y facultades distintas; mientras que el MP investiga los posibles delitos, los integrantes del Poder Judicial se encargan –entre otras cosas– de juzgar y administrar justicia a través de sentencias.
Sin embargo, ante la reforma propuesta por el presidente López Obrador –que respalda su sucesora Claudia Sheinbaum– la confusión entre el MP y las personas ministras se ha visto reflejada en conversaciones de redes sociales.
La iniciativa, que forma parte del paquete de reformas conocido como Plan C, busca la elección por voto popular de quienes integran el Poder Judicial en una elección extraordinaria en 2025; la reducción de su tiempo en el cargo y de su salario, y la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial que sustituya al Consejo de la Judicatura Federal. Pero especialistas han advertido que estos cambios podrían ser contraproducentes.
“El poder judicial es el árbitro, es el que sabe las reglas y es el que aplica las sanciones, y esta reforma es matar al árbitro y seguir jugando”, advierte Noemi Campos, doctora en Derecho y profesora en el Tecnológico de Monterrey.
Foto: Cuartoscuro/Archivo
¿Qué es el Poder Judicial?
Actualmente, el Poder Judicial de la Federación está compuesto principalmente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con sus 11 ministras y ministros; las magistrados y los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las magistrados y los magistrados de los Tribunales de Circuito –Colegiados y Unitarios– y las y los jueces de Distrito. Como ya mencionamos, una de las reformas del Plan C se enfoca en que estos cargos sean electos por voto popular.
La especialista nos explicó que la SCJN es el máximo órgano en materia de administrar justicia, interpretar leyes, conocer y solventar conflictos; mientras que los Tribunales Colegiados de Circuito conocen de amparos directos (medios de defensa contra sentencias); y los de Apelación se encargan de revisión de juicios de amparo –medio de defensa contra leyes o actos de autoridades que violen derechos humanos–, o de asuntos que se hayan conocido antes por juzgados de distrito.
Al corte de agosto de 2023 había 428 Juzgados de Distrito en toda la República, según el Consejo de la Judicatura Federal. Ellos son quienes pueden conocer de todos los asuntos o especializarse en materia penal, civil, mercantil o de amparo.
¿Qué es el Ministerio Público?
El Ministerio Público de la Federación (MPF), mejor conocido como MP, se encarga de representar a la sociedad al investigar y llevar ante tribunales delitos de competencia federal, como delitos contra la salud, delitos electorales o delincuencia organizada.
Es decir, el MPF es el órgano que se encarga de la investigación y la acusación en los procesos penales federales.
El MP actúa bajo la dirección y coordinación de la Fiscalía General de la República (FGR), la cual es la máxima autoridad en la procuración de justicia a nivel federal.
La Fiscalía se encarga de establecer estrategias en investigaciones federales, además coordina y supervisa las actividades del Ministerio Público Federal (MPF).
A nivel local, algunos estados cuentan con Fiscalías Generales. Estos órganos tienen su propio Ministerio Público.
Los MP estatales son responsables de la procuración de justicia a nivel local, donde investigan y persiguen delitos del fuero común dentro de su entidad federativa, como homicidios, robos, lesiones, entre otros.
La reforma propuesta no menciona nada sobre las fiscalías, hecho que han cuestionado algunos especialistas, como nos señaló en esta otra nota Saúl Mercado, juez de Distrito en el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Oaxaca, con Residencia en Salina Cruz.
“La legislación no deriva en la capacidad para tutelar derechos de mejor forma, no hay alguna precisión con respecto a qué va a suceder con las fiscalías”, menciona.
El Centro Prodh también coincide, pues advierte que “la reforma judicial, que abre la puerta a la elección indirecta mediante votación de jueces, magistrados y ministros, creando también un amenazante y omnipotente Tribunal de Disciplina Judicial, sin tocar quisiera a las fiscalías que son las instituciones que realmente provocan nuestro problema de impunidad”.
Con información de Animal Política