INAI, contra la opacidad ante violaciones graves a derechos humanos
Julieta del Río*
El pasado 30 de agosto se conmemoró el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas. Esta fecha nos recuerda dos cuestiones: en México este delito está presente dada la impunidad que atraviesa a algunas instituciones; el derecho de acceso a la información, en estos casos, es un medio que contribuye para que la sociedad acceda a la verdad, justicia y reparación del daño, derechos clave en la construcción de paz.
Recordemos que en el caso de violaciones graves a los derechos humanos –como lo es la desaparición forzada– la garantía del derecho a la verdad descansa en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo artículo 5 prevé que no podrá clasificarse como reservada la información relacionada con violaciones graves a los derechos humanos o delitos de lesa humanidad.
En otras palabras, la desaparición debe atenderse bajo el principio de máxima publicidad, pues acceder a determinada información puede significar encontrar el paradero y estatus vital de una persona. De esta manera, tenemos en el INAI la atribución de determinar que la documentación relacionada con ciertos acontecimientos podría estar relacionada con violaciones graves a los derechos humanos y ordenar su apertura.
La desaparición de estudiantes de Ayotzinapa es emblemática al respecto. Sobre este caso –que está por cumplir una década de haber sucedido y de mantenerse en la opacidad–, por primera vez el INAI ejerció su facultad para determinar el interés público de la información cuando existen violaciones graves. Así, el Instituto logró, a pesar de la reticencia de la Oficina de la Presidencia y de la entonces Procuraduría General de Justicia (PGR), abrir la versión pública de las investigaciones.
Asimismo, en abril presenté un proyecto para que la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República entregue de manera íntegra los informes de la Comisión para la Verdad y el Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa.
En esta misma línea, a lo largo de su historia el INAI ha emitido resoluciones dirigidas a la entrega de información: es el caso de los asesinatos de migrantes en San Fernando, las ejecuciones extrajudiciales en Tlatlaya, el Movimiento Estudiantil del 68, entre otros casos.
Este año personalmente he posicionado recursos en el Pleno donde las personas solicitan los folios únicos de búsqueda de las personas clasificadas como localizadas de acuerdo con la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, así como la metodología del Censo Nacional de Personas Desaparecidas.
Para que la verdad, la justicia y la reparación del daño se materialicen, el primer paso es el acceso a la información. La efectiva protección de derechos humanos demuestra la necesidad de la existencia de instituciones autónomas que presionen a las autoridades a rendir cuentas. Eso es equilibrar el poder, todo en beneficio de las personas.
* Comisionada del INAI
Con información de Proceso