Declaran constitucionales reformas que prohíben maltrato animal y amplían facultades a SSPC
Sergio Carmona
Luego de que ambas reformas fueran avaladas por 19 congresos locales -se requerían al menos 17 aprobaciones-, fueron declaradas constitucionales y enviadas al Senado y al Ejecutivo
La Cámara de Diputados declaró la constitucionalidad de las reformas que prohíben el maltrato de los animales y que amplían las facultades de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Luego de que ambas reformas fueran avaladas por 19 congresos locales -se requerían al menos 17 aprobaciones-, fueron declaradas constitucionales y enviadas al Senado y al Ejecutivo.
La reforma al artículo 21 de la Constitución en materia de seguridad pública establece que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la Secretaría del ramo de Seguridad Pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esa función.
La Secretaría a cargo de Omar García Harfuch formulará, coordinará y dirigirá la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, además de los programas, las políticas y acciones respectivos; actuará en auxilio de la presidenta Claudia Sheinbaum en el ejercicio de las funciones en materia de seguridad nacional y le corresponderá la coordinación del Sistema Nacional de Inteligencia en Materia de Seguridad Pública.
Podrá coordinar las acciones de colaboración de los tres órdenes de gobierno, a través de las instituciones de seguridad pública, los cuales además deberán proporcionar la información de que dispongan o que recaben en la materia conforme a la ley. Podrá solicitar información a las instituciones y dependencias del Estado para la identificación y esclarecimiento de los hechos presuntamente constitutivos de delitos.
Además, señala que los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional, serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines, y serán auditados y su debido ejercicio vigilado por el Sistema Nacional de Seguridad, a través del Secretariado Ejecutivo.
Dicho Secretariado, podrá ampliar las bases, emitir acuerdos y lineamientos, realizar las acciones necesarias para lograr la homologación de estándares y criterios, así como una coordinación eficiente, transparente y responsable, en el ejercicio de las atribuciones concurrentes de los tres órdenes; en todo momento en atención a los fines del Sistema y los objetivos de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
CONGRESO TIENE 180 DÍAS PARA EXPEDIR LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL
La reforma a los artículos 3°, 4° y 73 de la Constitución en materia de protección y cuidado animal, también fue declarada constitucional, luego de recibir la aprobación de 19 congresos locales.
La modificación constitucional establece que queda prohibido el maltrato a los animales, además de que el Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales.
El Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días naturales, a partir de la entrada en vigor del decreto, para expedir la ley general en materia de protección y cuidado de los animales, considerando su naturaleza, características y vínculos con las personas, la prohibición del maltrato en la crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano y en la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro, así como las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.
Dulce Ramírez, directora de Igualdad Animal, aseguró en Aristegui en Vivo que las leyes secundarias que soporten la reforma constitucional que prohíbe el maltrato de los animales deben gestarse en un “proceso transparente”, por lo que dijo que la sociedad debe permanecer vigilante.
Con información de Vanguardia