VIENE OTRA REFORMA PARA “BLINDAR” LA CANCELACIÓN DE LAS “PENSIONES DORADAS”
Alvaro Aragón Ayala
La nueva iniciativa busca cerrar vacíos legales del artículo 127 constitucional y consolidar el principio de que ningún exservidor público podrá recibir una pensión superior al salario de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal. La medida se inscribe en una segunda etapa de la reforma destinada a desmontar uno de los esquemas de privilegio más costosos para el Estado mexicano y a contener la crisis estructural provocada por los regímenes especiales de jubilación.
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo anunció que enviará al Congreso de la Unión una nueva iniciativa de reforma al artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de precisar de manera expresa que el monto máximo de las pensiones de exservidores públicos será menor al equivalente al salario de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal.
Durante su conferencia matutina del martes, la mandataria explicó que la reforma constitucional aprobada en marzo para eliminar las llamadas “pensiones doradas” dejó ambigüedades respecto al límite aplicable, situación que hace necesario fortalecer el texto constitucional para impedir interpretaciones contradictorias o litigios que permitan mantener beneficios extraordinarios.
“A la hora que se propuso la reforma no quedó claro el monto. La orientación de la Consejería Jurídica es poner el límite al salario de la presidenta”, explicó. La iniciativa será presentada una vez que el Congreso reanude sus sesiones ordinarias y tendrá como objetivo otorgar plena certeza jurídica sobre el monto máximo que podrán recibir quienes actualmente forman parte de regímenes especiales de jubilación.
La reforma constitucional aprobada en marzo representó el primer gran intento de modificar el sistema de privilegios pensionarios construido durante décadas en diversos organismos públicos, empresas productivas del Estado y algunas instituciones autónomas.
Aquella reforma incorporó el principio de que el Estado debía eliminar las denominadas “pensiones doradas”, entendidas como prestaciones de retiro que alcanzaban montos muy superiores al ingreso promedio de los trabajadores mexicanos e incluso superiores al salario presidencial.
Sin embargo, durante su instrumentación aparecieron inconsistencias jurídicas derivadas de la redacción constitucional. La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal detectó la coexistencia de criterios distintos respecto de las pensiones de jubilados de Pemex y de la Comisión Federal de Electricidad, generando incertidumbre sobre cuál debe ser el límite constitucional.
BLINDAJE CONSTITUCIONAL
La nueva modificación no cambiará el sentido de la reforma anterior; por el contrario, pretende blindarla constitucionalmente, cerrando cualquier resquicio legal que permita mantener pensiones extraordinarias mediante interpretaciones administrativas o resoluciones judiciales.
Sheinbaum fue enfática: “Ya nadie puede recibir hasta un millón y medio de pesos mensuales… había gente que recibía montos desorbitantes.” Con la nueva reforma, el Gobierno Federal buscará consolidar el principio republicano de austeridad previsto en el propio artículo 127, que establece que ningún servidor público debe percibir remuneraciones superiores a las autorizadas constitucionalmente.
UNA CRISIS ESTRUCTURAL
En realidad, el Estado mexicano enfrenta una crisis estructural de los sistemas pensionarios públicos, derivada de esquemas de jubilación altamente generosos que durante décadas fueron negociados mediante Contratos Colectivos de Trabajo, leyes especiales y regímenes de excepción.
En numerosos organismos públicos se establecieron pensiones equivalentes al cien por ciento del último salario, jubilaciones tempranas, incrementos automáticos vinculados a salarios de trabajadores en activo, dobles pensiones y prestaciones complementarias que incrementaron exponencialmente el costo para las finanzas públicas.
Especialistas en finanzas públicas han advertido desde hace años que diversos sistemas de pensiones mantienen obligaciones extralaborales, cuyo crecimiento supera la capacidad financiera de las instituciones que las pagan.
Universidades públicas estatales, empresas productivas del Estado y diversos organismos públicos enfrentan déficits derivados de regímenes de jubilación diseñados cuando la expectativa de vida era menor, existía una relación más favorable entre trabajadores activos y pensionados y las condiciones demográficas eran completamente distintas.
En numerosos casos, los fondos de pensiones fueron insuficientes o simplemente nunca se constituyeron, provocando que los gobiernos deban cubrir anualmente miles de millones de pesos para sostener esos compromisos.
EL PRECEDENTE PARA FUTURAS REFORMAS
La nueva iniciativa sobre el artículo 127 podría convertirse en un precedente para futuras reformas orientadas a revisar otros regímenes especiales de jubilación cuya viabilidad financiera ha sido cuestionada durante años.
Diversos analistas consideran que no se trata nada más de eliminar privilegios individuales, sino de garantizar la sostenibilidad de los sistemas pensionarios del sector público frente al acelerado envejecimiento de la población y al crecimiento permanente de los pasivos laborales.
AHORRO PARA LAS FINANZAS PÚBLICAS
De acuerdo con el Gobierno de México, la eliminación progresiva de las llamadas pensiones doradas ha permitido generar un ahorro aproximado de cinco mil millones de pesos para las finanzas públicas.
Con la nueva reforma constitucional, el Ejecutivo pretende impedir que futuras interpretaciones legales reviertan ese proceso y consolidar definitivamente el principio de que ningún exservidor público podrá recibir una pensión superior al salario de la Presidenta de la República, fortaleciendo así la política de austeridad republicana y el equilibrio financiero del Estado mexicano.
