Quiénes pueden recibir la pensión para personas con discapacidad permanente y cómo pueden inscribirse al programa

Jorge Contreras

El gobierno federal hace entrega de diversas becas y apoyos que se distribuyen en los diversos grupos vulnerables que comprenden la sociedad mexicana, en el cual busca reducir la pobreza en la que se encuentran, además de ser un apoyo en la economía familiar.

Dentro de esos grupos, están las personas con discapacidad permanente, en el cual el gobierno federal hace entrrga de una cantidad de 2 mil 950 pesos de manera bimestral, con lo cual busca contribuir en la economía personal y familiar.

¿Quiénes pueden ser acreedores de este apoyo?

Aparte de ser evidente, la persona debe tener una discapacidad permanente y se aplica a menores de edad, adolescentes, jóvenes, personas indígenas y afromexicanas que viven con discapacidad y se busca eliminar con este apoyo la marginación, discriminación y el racismo que enfrentan.

Los requisitos que piden

  • Identificación oficial vigente.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Acta de nacimiento legible.
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses.
  • Certificado de discapacidad emitido por alguna institución pública de salud
  • Proporcionar un número telefónico para dar seguimiento al trámite.

Persona Adulta Auxiliar

Becas de Discapacidad permanente monto (Gobierno de México)Becas de Discapacidad permanente monto (Gobierno de México)

La persona que tiene discapacidad permanente puede designar a una persona que le apoye para hacer los pagos y trámites correspondientes a su nombre.

La Persona Adulta Auxiliar es una persona mayor de edad que puede ser un familiar (ascendiente o descendiente), cónyuge, tutor legal o cualquier persona designada por la persona con discapacidad para brindar apoyo y cuidado.

Además, se mencionan los requisitos que se deben cumplir para registrarse como Persona Adulta Auxiliar, que incluyen acta de nacimiento, documento de identificación, CURP (Clave Única de Registro de Población), comprobante de domicilio y documentación que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.

También se menciona el “Pago de Marcha”, que se entrega a la Persona Adulta Auxiliar en caso de fallecimiento de la persona con discapacidad. Si la persona con discapacidad no hubiera designado a un auxiliar, el Comité Técnico del Programa puede determinar en circunstancias especiales el otorgamiento de este apoyo.

Estos programas y apoyos suelen ser parte de los esfuerzos gubernamentales para brindar asistencia a las personas con discapacidad y sus familias, con el objetivo de mejorar su calidad de vida y proporcionar el apoyo necesario.

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