“Perjudicial y regresiva”: ONU-DH México rechaza la reforma sobre prisión preventiva oficiosa
Gloria Leticia Díaz
Ante la aprobación en la Cámara de Diputados de la reforma para ampliar el catálogo de delitos que implican prisión preventiva oficiosa, la oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) consideró que es una medida “perjudicial y regresiva”, que va en contra de estándares internacionales en materia de derechos humanos.
En un comunicado acompañado de infografías, transmitido en su cuenta de X, la ONU-DH, alertó que “detener de forma automática a las personas viola derechos humanos, desincentiva las capacidades de investigar delitos e incumple sentencias y recomendaciones internacionales”.
El organismo explicó que la prisión preventiva oficiosa “endurece y expande una medida que debería eliminarse”, ya que al detener a una persona automáticamente y obligar a que se mantenga en esa circunstancia durante todo el proceso judicial, “anticipa indebidamente un castigo y constituye una detención arbitraria que expone a todas las personas, especialmente a las más pobres”.
La infografía de la ONU-DH para explicar las violaciones a los derechos contra los que atenta la prisión preventiva oficiosa, destaca que esa figura agravia la presunción de inocencia, el derecho a la libertad personal, el debido proceso la igualdad ante la ley y el derecho a la integridad personal”.
En materia de investigación, competencia del Ministerio Público, imponer esa medida cautelar para una larga lista de delitos pervierte “la persecución eficaz de los delitos, el deber de fundar y motivar la medida privativa de libertad y el enfoque de derechos humanos en la seguridad pública”.
En el ámbito judicial, la ONU-DH alertó que la prisión preventiva oficiosa atenta contra “la independencia judicial y el derecho a la revisión judicial”.
La ONU-DH citó un párrafo de las recomendaciones a México que hizo el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias tras su visita al país publicadas este año.
“Derogar la detención preventiva oficiosa de la Constitución y armonizar la figura de la detención preventiva con el derecho internacional de los derechos humanos, estableciendo que solo pueda aplicarse en función de una evaluación individualizada en la que se demuestre el riesgo de que el acusado se fugue, cometa una reincidencia grave o manipule las pruebas o testigos”, refiere la cita.
La reforma aprobada en @MxDiputados_ sobre Prisión Preventiva Oficiosa #PPO es perjudicial y regresiva. Detener de forma automática a las personas viola #DerechosHumanos, desincentiva las capacidades para investigar delitos e incumple sentencias y recomendaciones internacionales. pic.twitter.com/6nGHH4y7Ba
— ONU-DH México (@ONUDHmexico) November 14, 2024
Cabe recordar que las últimas dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Co IDH) contra México, obligan al país a eliminar las figuras del arraigo y la prisión preventiva oficiosa.
Los casos que derivaron en esas sentencias son las de Tzompatxtle Tecpile y otro, y García Rodríguez y otro, dictadas en noviembre de 2022 y enero de 2023, respectivamente.
El caso de los hermanos Marcial y Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López, se refiere a la detención arbitraria por parte de agentes de la Policía Federal, que sufrieron estas tres personas quienes fueron sometidas a arraigo y prisión preventiva entre 2006 y 2008, para después ser puestas en libertad al comprobárseles su inocencia.
El caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar, se refiere al sometimiento a arraigo y más de 17 años de prisión preventiva oficiosa de estas personas, detenidas en 2002 acusadas de cometer un homicidio, sin que se haya comprobado su participación.
Con información de Proceso