La vulnerabilidad del derecho al medio ambiente en México

Leonardo Bastida

El derecho al medio ambiente sano está garantizado en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por ende, es obligación del Estado el poder garantizarlo a todas las personas que habitamos en el territorio nacional. Más aún, si se toma en cuenta que el goce de este es parte de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, entre los cuales están la generación de leyes y políticas públicas para mitigar el cambio climático, velar por la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y los servicios que proporcionan y  redoblar los esfuerzos para proteger y salvaguardar el patrimonio cultural y natural del mundo, entre otros. 

A fin de conocer cuál es el estado de este derecho en el país, Saúl Arellano, de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, llevó a cabo el informe “Diagnóstico sobre el incumplimiento de los derechos ambientales en México”, en el que se indica que debe haber disposiciones legales en materia de: agua, suelo, residuos, bosques y, atmósfera.

En el caso del agua, la Ley de Aguas Nacionales no se ha modificado desde 1992, por lo que no toma en cuenta los escenarios actuales. En el de suelo, el panorama es similar, pues no se han reformado los artículos constitucionales 27 y 115. En el de residuos, también se requiere de una actualización de todas las leyes vinculadas con el tema. En el de bosques, recién se publicó la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y en atmósfera, no hay ninguna ley específica en la materia.

Algunos datos sobre el acceso a condiciones que permiten el goce del derecho al medio ambiente indican que, en el país, en promedio, hay una disponibilidad de 15.2 metros cuadrados de superficies de áreas verdes por cada habitante. Y sólo el 40 por ciento de la población está satisfecha con los servicios de parques y jardines públicos. https://f959d1272914abb9d26cca25291443e9.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-41/html/container.html?n=0

De igual manera, una de cada cinco personas que habitan en espacios urbanos, lo hace en sitios donde no hay ni un árbol en las vialidades. 

Así se identifican que los estados que tienen el mejor cumplimiento son Colima, Michoacán, Durango, Zacatecas, Coahuila, Aguascalientes, Sinaloa y Jalisco, mientras que los estados con peor cumplimiento son Guerrero, Tabasco, Estado de México, Querétaro, Oaxaca, Nuevo León, Puebla y Morelos.

Por otra parte, el Índice de Conservación de la Biodiversidad, calculado por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) mostró que los estados con menos sustentabilidad son Tlaxcala, Veracruz, Ciudad de México, Tabasco, Estado de México, Morelos, Guanajuato, Hidalgo, Puebla y Aguascalientes, mientras que los considerados como más sustentables son Baja California Sur, Quintana Roo, Chiapas, Baja California, Durango, Sonora, Colima y Campeche.

Otros datos, muestran que algunos estados coinciden en tener un alto incumplimiento en los derechos humanos ambientales y encontrarse en una condición de no sustentabilidad ambiental. Entre estos están Tabasco, Puebla, Morelos e Hidalgo, los cuales requieren intervenciones muy urgentes. También ocurre que algunos estados tienen un alto cumplimiento en los derechos humanos, pero no son sustentables, como es el caso de Aguascalientes. 

Otros presentan un mediano cumplimiento en derechos humanos y no son sustentables, como Tlaxcala, Guanajuato, Veracruz. En contraste, hay estados que tienen bajo cumplimiento en derechos humanos pero alta sustentabilidad, como es el caso de Oaxaca y Baja California y San Luis Potosí.

Otros datos contenidos en el informe indican que en los últimos cuatro años ha habido una caída importante en la inversión pública per cápita para la protección ambiental, en un orden de alrededor de 23 por ciento; que la superficie disponible de áreas verdes per cápita llega apenas, en promedio, a cinco metros cuadrados en las ciudades de 15 mil habitantes y más; y que el tratamiento de aguas residuales registró en 2021 un retroceso a niveles de 2015.

Por lo tanto, el cumplimiento del derecho al medio ambiente sano en el país aún está mermado, pues los indicadores disponibles arrojan que este no está garantizado para todas las personas, que hay vacíos en la materia y que se requieren reformas culturales, económicas, legislativas, sociales, y de otras índoles. Además de tomar en cuenta que este derecho intersecciona con otros como el de la alimentación, el acceso al agua, a la protección de la salud, a una vivienda digna y decorosa, a la movilidad y a la defensa del interés superior de la niñez. 

En su libro “El hombre y la técnica”, Jaime Fisher plantea dudas sobre los beneficios de la ciencia y la tecnología en la calidad de vida de las personas, o más bien, advierte sobre la necesidad del cuestionamiento a las mismas. Un ejercicio que también debería ser aplicado al derecho y a las políticas públicas relacionados con el medio ambiente a fin de encaminarles hacia el bienestar colectivo, individual, y porque no, planetario.

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