¿Para qué tantos brincos?

Pedro Mellado Rodríguez

Es muy natural que en la premura de los tiempos, los aspirantes a la postulación presidencial tengan urgencias, dudas, suspicacias y obsesiones personales, profundizadas por la incertidumbre que permea los procesos internos, tanto en los espacios del partido en el gobierno, como en las filas de los partidos opositores.

Pero es injustificado que algunos, como es el caso del aspirante de Morena, Marcelo Ebrard Casaubón, Secretario de Relaciones Exteriores, presionen a su partido con la exigencia de que clarifique tiempos y procedimientos para la postulación de candidato presidencial, cuando los tiempos formales y oficiales para las próximas contiendas electorales están muy bien definidos en la ley.

Y además, con respecto a los tiempos, es muy claro que quienes aspiren a ser Presidente de la República y actualmente desempeñen algún cargo de Secretario o Subsecretario de Estado, Fiscal General de la República, o Gobernador de algún estado del país, tendrían que separarse de sus puestos “seis meses antes del día de la elección” que se llevará a cabo el domingo 2 de junio del 2024, como lo establece la Fracción Sexta del artículo 82 de la Constitución General de la República.

Esto significa que si alguno de los precandidatos más fuertes de Morena ganara la postulación presidencial, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo; el Secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubón o el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, tendría que dejar su cargo a más tardar el jueves 30 de noviembre del 2023.

De igual manera, la Fracción Quinta del mismo artículo 82 constitucional señala que para aspirar a ser electo Presidente de la República también es requisito “no estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección”, es decir el límite para separarse de la milicia es el mismo, el 30 de noviembre de este año.

Esta disposición sería aplicable a alguien como el Secretario de la Defensa Nacional, general Luis Cresencio Sandoval González o al almirante José Rafael Ojeda Durán, Secretario de Marina. Aunque estos dos casos puedan ser muy remotamente hipotéticos, la Constitución Política del país no les impediría tener la pretensión de aspirar a la Presidencia de la República. En su fracción Cuarta el mismo artículo 82 advierte también que para aspirar a la Presidencia de la República es obligatorio “no pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto”.

CAMPAÑAS Y PRECAMPAÑAS

En su Apartado D, el artículo 41 constitucional establece que “la duración de las campañas (electorales) en el año de elecciones para Presidente de la República, senadores y diputados federales será de noventa días (y que) en ningún caso las precampañas excederán las dos terceras partes del tiempo previsto para las campañas electorales”. Por lo tanto, las precampañas sólo podrán durar un máximo de 60 días.

Por su parte, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales precisa en su Artículo 225 que “el proceso electoral ordinario se inicia en la tercera semana del mes de noviembre del año previo al de la elección y concluye con el dictamen y declaración de validez de la elección de la persona titular del Ejecutivo Federal”.

Mientras que el Artículo 226 de la misma Ley General explica que “durante los procesos electorales federales en que se renueve a la persona titular del Poder Ejecutivo Federal y las personas integrantes de las dos Cámaras del Congreso de la Unión, las precampañas darán inicio en la tercera semana de diciembre del año previo al de la elección” y no podrán durar más de sesenta días. En este caso, las precampañas se iniciarán el lunes 11 de diciembre del 2023 y terminarían el jueves 8 de febrero del 2024.

La misma Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que los registros de candidatos a Presidente de la República, senadores y diputados federales, se realizarán del 15 al 22 de febrero del 2024. Y las campañas electorales de los candidatos a los cargos referidos empezarán el viernes 1 de marzo y terminarán el miércoles 29 de mayo del 2024.

Cuando las reglas están claras y todos los involucrados las conocen con mucha anticipación, no se justifican declaraciones como las que formuló el pasado miércoles 17 de mayo del 2023 el coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal Ávila, aspirante a la postulación presidencial.

“Si la encuesta la lleva a cabo el partido, como en el 2017, no participaré, porque sería volverse a quemar con la misma leche. No habría aprendido la lección, porque ya no es un ‘dime’ o un ‘direte’ o una posición personal, ahora es una posición del Secretario de Gobernación, que acepta que hace cinco años gané la encuesta y perdí en el partido la nominación”, dijo Monreal Ávila en una conferencia con medios de comunicación.

Afirmó Monreal que coincidía con el Secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubón, quien constantemente ha exigido a la dirigencia del partido, encabezada por Mario Delgado Carrillo, que se establezca las reglas claras para la encuesta interna.

En el artículo 44 de los Estatutos de Morena se advierte que “en el caso de la postulación de la candidatura a la Presidencia de la República de los Estados Unidos Mexicanos, el método de selección será por encuestas (…) con la participación del Consejo Nacional, de conformidad con la convocatoria que emita el Comité Ejecutivo Nacional a propuesta de la Comisión Nacional de Elecciones”.

En el mismo artículo de los estatutos de Morena se agrega también que “la realización de las encuestas (…) estará a cargo de una comisión técnica integrada por tres personas de inobjetable honestidad y trayectoria, elegidas por el Consejo Nacional, sin necesidad de pertenecer a éste y por una o un secretario técnico designado por los propios comisionados. Su función es aportar elementos de decisión para la Comisión Nacional de Elecciones y el resultado de sus sondeos, análisis y dictámenes será inapelable”.

Los Estatutos de Morena aclaran que las personas integrantes de la Comisión Nacional de Encuestas no podrán ser postuladas como candidatas a ningún cargo de elección popular. En tanto que el Artículo 45 de los mismos Estatutos morenistas señala que el Comité Ejecutivo Nacional designará a quienes integrarán la Comisión Nacional de Elecciones.

Las normas no pueden ajustarse sobre la marcha a las necesidades, percepciones o caprichos personales de quienes participan en las contiendas electorales. Existen tiempos que la misma ley prevé para hacer los ajustes necesarios al andamiaje jurídico electoral. Si hubiese algún partido político o personaje público que tuvieran la pretensión de proponer reformas a leyes electorales, federales o estatales, tendría que darse prisa, pues ya sólo les quedan tres meses para una tarea de esa naturaleza.

En el Artículo 105 de la Constitución del país se advierte: “Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”. Esto significa que el plazo máximo para publicar alguna reforma a leyes electorales federales o locales se cumplirá el próximo 21 de agosto del 2023.

Si las reglas están claras y todos las conocían por anticipado, no se explica por qué se expresan tantas objeciones que a su debido tiempo, con la pertinente anticipación, debieron formularse. Los tiempos del proceso electoral, para la postulación de candidatos y con respecto a la duración de precampañas y campañas, siempre han estado muy bien definidos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Lo mismo ocurre con los procedimientos para la postulación de candidatos en Morena, establecidos en los Estatutos de ese partido.

Si hay precandidatos que desconfían hasta de su propio partido ¿cuál es la razón para que sigan atados a Morena? ¿Son sus expresiones de desconfianza los insumos para justificar la ruptura y buscar el abrigo de otros partidos donde los vientos les resulten más cómodos y favorables? Si los ahora precandidatos presidenciales conocían las reglas del juego desde siempre, entonces ¿para qué tantos brincos, estando el suelo tan parejo?

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