La inevitable judicialización del proceso electoral 2024

Gabriel Reyes Orona

La renuncia de Samuel García a la candidatura de Movimiento Ciudadano ha revelado insuficiencias y deficiencias del andamiaje electoral, dejando claro que la normativa da ocasión a artificiosos escenarios de incertidumbre, o al menos, de indefinición que, tarde o temprano, tienen que ser dilucidados por los tribunales. El penoso episodio que vivió Nuevo León hace patente que la justicia no sólo tiene que ser expedita, sino también oportuna. Parece lo mismo, pero no lo es, la velocidad de los procesos es una cosa, y resolver las disputas antes de que se causen enormes perjuicios a la colectividad es otra.

En el asunto de marras es innegable que la laxitud con la que se permitió a jueces, carentes de competencia en el asunto, enturbiar y enrarecer el ambiente político en aquella entidad, contribuyó de manera significativa a enfrentar a poderes constituidos, haciendo pender su capacidad de ejercer potestades constitucionales de los inusitados alcances de una medida cautelar prevista en nuestra Constitución, la cual, no tiene, ni puede tener, el efecto de alterar el correcto despacho de los asuntos públicos, ni de afectar el orden social.

La aparente falta de claridad en el régimen de licencias permitió al precandidato construir, durante algunas semanas, un entorno en el que, suspendidos los efectos de su cargo como gobernador, pudo hacer uso de recursos y potestades que sólo corresponden a quien ejerce ese cargo, sin que las autoridades electorales frenaran, de manera oportuna y decidida, tal abuso. Es claro que la suma de dos autorizaciones para dejar provisionalmente el cargo de gobernador, al ser éstas prácticamente sucesivas, no fue sino una vulgar y grotesca simulación que, sin razón ni derecho, dio lugar a que los de seis meses máximos de licencia, se convirtieran en siete, burlando el mandato del constituyente.

Las licencias son límites, y no permisos, están establecidas en favor de la colectividad, y no en favor de quien ejerce un cargo. Son extraordinarias y están sujetas a un estricto régimen, el cual, de ser violentado, en el caso de Nuevo León, da lugar a ser acusado por abuso de funciones. Así lo establece con claridad la Constitución de ese estado. Las licencias suponen una excepción a la obligación de no ausentarse del Estado, y, por tanto, un temporal abandono de las obligaciones inherentes al cargo. La estabilidad de la gestión oficial debe prevalecer, en todo momento, sobre las individuales pretensiones del solicitante. La silla no es suya, ni de su partido, se trata de un funcionario, y no de un militante activo. No se trata de un botín.

Aspirar a un cargo federal puede ser válido, pero quien decida buscar otra investidura debe renunciar, y no debe acopiar o echar en la alforja, como alternativa de consolación, el cargo que se está menospreciando, ya que no se trata de algo propio. Resulta penoso que se alegue el voto popular al que se está traicionando. El encargo es una distinción que sólo debe suspenderse cuando no exista otra opción o exista una causa que pudiera comprometer el cabal cumplimiento del mandato. El voto no fue en blanco, y sólo se otorgó para ejercer, sin excusas, el cargo conferido. El apoyo popular no justifica caprichos, y, por el contrario, debe ser razón de una rígida aplicación de la norma constitucional.

Jurídicamente, las excepciones deben interpretarse de manera estricta, sin que el funcionario pueda maquinar situaciones en las que, al obtener una ventaja indebida, afecte la estabilidad y el orden de la entidad. En el caso específico, la licencia a partir del 2 diciembre debió otorgarse, y, en su caso, recortarse al plazo de cinco meses, ya que se había hecho uso del supuesto de ausencia unos días antes.

Al planeador fiscal se le ocurrió que las normas constitucionales también podían ser objeto de elusión y hasta de planeación evasiva, y, para su fortuna, el INE permaneció inmóvil sin apercibir, ni prevenir al infractor constitucional de los riesgos en que incurría al maniobrar y manipular la ley en su provecho. Este imperdonable silencio, y lento actuar del órgano electoral, dio ocasión a algunos jueces hicieran propia la agenda política del aspirante, torciendo una medida que se establece en nuestra Constitución en favor de los gobernados, y no de autoridades rijosas, que no reclaman un derecho fundamental, sino la creación de artificiosos limbos, en los que el abuso competencial crece rápidamente.

La intromisión en asuntos de un ente soberano no está, ni puede estar, al alcance de quien vela por la salvaguarda garantías y derechos fundamentales, ya que ello violenta el pacto federal. Las normas constitucionales, incluso las estatales, no son materia de suspensión.

El norteño estado se convirtió en un incómodo laboratorio de lo que puede ocurrir en el proceso comicial 2024. Quedó al descubierto que los jueces han sido ya incorporados a la contienda, y que son parte de la disputa por el poder, sin que en la práctica exista una instancia revisora que eficazmente haga que la justicia sea administrada de manera oportuna, neutral, imparcial y objetiva. Tal carencia provoca que la injusticia sea el objetivo alcanzable, lograda a través de estratagemas dilatorias que no apuestan a ganar el fondo, sino tiempo. En el Consejo de la Judicatura Federal, el quejoso es injustamente sentado en el banquillo del descredito, y ahí permanece, hasta que, en muy contados y raros casos, por razones que convienen a los togados, se decide darle, como dádiva, trato equitativo ante el abuso jurisdiccional.

La incertidumbre, la indefinición y la indefensión son ampliamente valoradas por las autoridades arbitrarias, quienes, a sabiendas de que no tienen la razón, buscan en los juzgados tener la oportunidad para atropellar al justiciable, al menos, por el tiempo que usualmente dura un juicio. Abundan los casos en los que, un breve plazo, es más que suficiente para alcanzar la lesiva materialidad buscada, haciendo irrelevante la sentencia protectora, que es dictada al cabo de varios años. Ellas aprovechan la dilación procedimental para hacer del natural plazo en que se agota el trámite, el logro buscado. Samuel García ganó y la comunidad perdió, se subvirtió el mandato constitucional, al tiempo de hacerse nugatorio el desiderátum contenido en la Ley de Amparo. Lo ocurrido no será sancionado y será sepultado bajo la pesada lápida de la mal entendida independencia del juzgador.

Por eso no resulta sorprendente que al inicio de esta administración magistrados del Tribunal Federal de Justicia Administrativa hayan sido invitados a desalojar su oficina o incorporarse al esfuerzo transformador, como tampoco lo es que en la reforma impulsada por Arturo Zaldívar se incluyera la arbitraria capacidad del presidente de la SCJN en turno, para conformar un grupúsculo de incondicionales aliados. Ya con el traje a la medida, él supo silenciosamente enquistar en la estructura a los suyos. El reclutamiento se hizo por años, y no hay forma de desarticularlo, no al menos, en breve tiempo. Ese es el valor agregado que le mercó la invitación.

La politización de los altos cargos jurisdiccionales llegó hace años a la SCJN, siendo el actual titular del Ejecutivo quien, bajo el nuevo régimen, ha designado a más integrantes de su pleno, auxiliado por un Senado que fue desbalanceado empleando malas artes.

Tiempos tempestuosos están por venir en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El porvenir en esa instancia puede resultar definitorio, tanto del curso, como del resultado del proceso comicial del 2024, el presidente lo sabe y hará lo que más le convenga.

Ha declarado el residente de palacio que desea que los cargos judiciales sean alcanzados por votación popular, pero, en tanto ello sucede, él ha aceptado el reto, entrometiéndose en nombre del pueblo. Es ya innegable que el proceso electoral encontrara un Poder Judicial Federal al que ya se han incorporado convencidos militantes de la causa. ¿Habrá ya una quinta columna?

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