René Bejarano, la polémica
Ernesto Villanueva
Cada que hay oportunidad – sobre todo en los procesos electorales- sale a relucir la figura de René Bejarano a la que se insiste en asociar con la corrupción y como un pasivo político. Aclaro que conozco a René desde hace mucho tiempo y tengo una gran impresión sobre su persona y de su profundo conocimiento sobre el quehacer de la política. Ello, empero, no es óbice para que pueda externar mi opinión a la luz de los datos que arrojan las resoluciones judiciales sobre su caso.
Primero. Después del impacto efectista generado por la entrega de recursos del empresario argentino, Carlos Ahumada, a René siguió un linchamiento mediático contra el entonces líder de la hoy extinta Asamblea Legislativa del Distrito Federal. De igual modo, se abrieron las siguientes averiguaciones previas (hoy denominadas carpetas de investigación) que fueron judicializadas en el fuero común ante el juzgado 32 en materia Penal: Operaciones con recursos de procedencia ilícita; promoción de conductas ilícitas; extorsión; y delito electoral. En estas tres imputaciones el juez de la causa lo exoneró de todos y cada uno de esos juicios. En el fuero federal se activó, además la correspondiente a los delitos anteriores, la de delincuencia organizada. Un tribunal unitario, en apelación desechó “todos los procesos por infundados y notoriamente improcedentes”. Por otro lado, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (hoy Congreso de la Ciudad de México) puso en marcha una exhaustiva auditoría sobre la gestión de René donde no encontró irregularidades. Asimismo, la Contraloría del entonces Distrito Federal no encontró ninguna falta a su paso tanto como director general de gobierno durante la administración del Ing. Cuauhtémoc Cárdenas como, posteriormente, secretario particular del entonces jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador.
Segundo. De igual modo, es muy importante señalar que tanto el INE como el entonces IEDF tampoco encontraron elementos de los que se pudiera deducir la actualización de delito o ilícito alguno contra René, Finalmente, la extinta Procuraduría General de la República no encontró ningún elemento que hiciera pensar en un patrimonio inexplicable, ni en el de su esposa, Dolores Padierna, ni de sus familiares por lo que cerró la averiguación previa. Tampoco hizo viajes nacionales ni al extranjero que carecieran de justificación. A pesar de lo anterior, del 2004 al 2019 se mantuvo abierta una averiguación previa, la que al final cerró por la prescripción de los supuestos delitos en que René habría incurrido, los que nunca judicializó y la PGR debió así “descongelar” la única cuenta bancaria de René en BBVA donde tenía 200 mil pesos, recursos obtenidos por su sueldo por ser legislador.
Tercero. Como se puede advertir, René fue exonerado tanto por las autoridades locales – donde algún “sospechosista” podría decir que había empatía con el ex presidente de los diputados locales del entonces PRD- como por las federales con un gobierno panista y autoridades electorales autónomas. En todas ellas no se le pudo acreditar ningún delito, y, por ello mismo, fue absuelto. Estos datos judiciales son cruciales porque hay un desencuentro entre las resoluciones judiciales y administrativas que no encontraron elemento alguno que pudiera actualizar los tipos penales de los que las fiscalías, tanto local como la federal, le imputaba, y las percepciones que cada que hay proceso electoral salen a relucir en un ejercicio que lastima los derechos fundamentales al honor y a la propia imagen de René, como si las sentencias que han causado estado (es decir ya no pueden ser motivo de apelación y han quedado firmes) fueran irrelevantes en el interesado tribunal de sus detractores que no sólo infringen afectaciones a diversos derechos de la personalidad de René, sino que lastiman los principios de legalidad, debido proceso e inocencia (ya no a nivel de presunción, sino establecida en tiempo y forma por diversos tribunales). En México, el tribunal ad hoc – creado al margen de los procedimientos normativos establecidos en la Constitución para crear organismos jurisdiccionales- ha decretado en la lógica del absurdo la muerte civil de René Bejarano, que no debería tener cabida en un sistema democrático. Peor aún, quienes reivindican un día sí y otro también la supremacía de la ley, en el caso de René Bejarano actúan exactamente al revés, en un ejercicio de crasa simulación de tracto sucesivo. La Constitución y la ley deben aplicarse a todos por igual sin sesgos interesados.
Con información de Proceso