¿Elecciones en riesgo? 

Ana Lorena Delgadillo

El que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Sala Superior) esté incompleta, ha sido motivo de debates recientes en la opinión pública y, en este contexto, pareciera que es preciso insistir dónde recaen las responsabilidades de esta situación y cuáles pueden ser las consecuencias que podemos enfrentar en nuestra democracia.

Comenzamos diciendo que son cientos los nombramientos que no se han realizado durante la Legislatura que se termina (casi 50 solamente en el ámbito electoral), pero hay dos que consideramos urgentes e indispensables y son justamente los de la Sala Superior.

Y ¿por qué es importante la Sala Superior? Porque es la responsable de resolver las impugnaciones del proceso electoral presidencial y su papel es fundamental para garantizar la transparencia y legalidad de nuestro sistema democrático. La misma ha estado incompleta desde finales del año pasado, cuando dos magistrados finalizaron su encargo, lo cual ha generado incertidumbre y preocupación ya que podrían derivarse conflictos mucho mayores a partir del 3 de junio. Esto dado que se requieren seis magistrados de siete para lograr el quorum necesario para calificar como válida o nula la elección presidencial del 2 de junio de 2024.

En este proceso de nombramiento es preciso marcar la responsabilidad, o en este caso, la irresponsabilidad del Senado. La Suprema Corte de Justicia cumplió con enviar en tiempo y forma las ternas para renovar dicha Sala, pero el Senado ha sido omiso y negligente para llenar las dos vacantes. ¿A qué atribuimos lo anterior? ¿Acaso la fuerza dominante de Morena prefiere dejar una puerta abierta en el caso de que su candidata no gane para poder luego invalidar la elección? En el supuesto contrario, cabría preguntarnos: ¿por qué la oposición no ha sido más categórica en exigir que se den los nombramientos? ¿Dónde está la oposición?

Frente a esta clara ausencia de magistrados y de quorum, algunos integrantes de la Sala Superior han dicho que aplicarán la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal (LOPJF) que establece, en el artículo 167, que puede sesionar válidamente con cuatro integrantes, como lo ha venido haciendo desde finales del año pasado. El problema es que para declarar la validez o la nulidad de la elección de la o el presidente de la República Mexicana, se requiere la presencia de por lo menos seis de sus integrantes. Además, las controversias no solo se podrían dar en la elección presidencial, sino en la composición del poder legislativo y en gubernaturas de algunos estados donde pareciera haber poca diferencia entre algunos candidatos. ¿Será suficiente una Sala Superior incompleta para resolver los recursos de alzada que se presenten en estas cuestiones?

Se puede discutir si la ley secundaria es o no constitucional, pero el problema real y actual es que no tenemos seis magistrados y, por lo tanto, surgen cuestionamientos sobre las condiciones en las que se encuentra la Sala Superior para proceder a la calificación.

Frente a la negligencia del Senado, y a fin de evitar que dicha negligencia “redunde en perjuicio de las funciones públicas confiadas a la Sala Superior” reconocidos constitucionalistas como Elisur Arteaga Nava han intentado sugerir interpretaciones para aplicar el citado artículo 167 de la Ley Orgánica “por analogía” y “por mayoría de razón”. En este sentido, ha propuesto que la ausencia puede ser suplida por la o el magistrado de las Salas Regionales con mayor antigüedad o en caso de igualdad de antigüedad, por quien tenga más edad.

Sin embargo, se ha señalado por otras voces que no aplica dicha suplencia porque esta opera solo en faltas definitivas de las “personas designadas” como magistradas en la Sala Superior. En el caso concreto no han sido designadas, por lo que no se podría suplir o hablar de “ausencia” sobre alguien que no ha sido nombrado.

Por otro lado, la ley establece que cuando hay una vacante definitiva la misma debe ser cubierta por una nueva persona que durará en el cargo el tiempo restante al del nombramiento original. El problema, nuevamente, es que no operaría la suplencia ya que esto requeriría un nombramiento original. Aún así, las soluciones propuestas de buena fe y con lealtad constitucional siempre están sujetas a la interpretación y a la efectividad del sistema, así como a la misma lealtad de los actores políticos.

Pero imaginemos que la Sala Superior trunca o incompleta, con una o dos magistraturas suplentes, se atreve a calificar de nula la elección presidencial por algún motivo legal. Esta consecuencia parece como posible en un proceso electoral marcado por el constante incumplimiento de las normas electorales por parte de distintos actores políticos, incluidos tanto los partidos en contienda como el propio Presidente. No obstante, de presentarse este supuesto, los partidos afectados se darán a la tarea de descalificar a la Sala, de tacharla de ilegítima y de mal integrada e incluso podrían tomar las calles para linchar mediáticamente a sus integrantes. Lo mismo pasará si se declara válida una elección definida por un estrecho margen de votación y existen impugnaciones por parte de la candidatura vencida. Nadie se acordará que el problema lo generó el Senado pero sobre todo, ninguno de estos escenarios es propicio para nuestro país y para nuestra democracia.

Por ello nos parece que no podemos dejar de señalar al Senado, que es quien debiera estar en el centro de la responsabilidad, y quien nos ha puesto en esta situación. El poder legislativo se ha caracterizado en esta administración por ser una oficialía de partes del Ejecutivo, no ha jugado el papel de mecanismo de control, de contrapeso o de supervisión como debiera ocurrir en cualquier democracia y eso nos lleva a la pregunta que hemos colocado como inicial: ¿por qué el Senado se niega a llevar a cabo este nombramiento? ¿Será que al partido en el poder le conviene dejar una moneda al aire y dependiendo de como caiga jugar con ella?

La falta de designación no puede ser ignorada y es crucial abordar este problema para garantizar la integridad de nuestro sistema judicial y democrático. La ciudadanía tiene el derecho fundamental de que los procesos electorales que definen su futuro político sean debidamente calificados. La validez, autenticidad y certeza de las elecciones dependen de ello. Debemos intentar todos los recursos judiciales que estén a nuestro alcance para forzar un periodo extraordinario de sesiones del Senado con el único objeto de cubrir las Magistraturas vacantes. Es probable que no nos hagan caso, pero dejaríamos agotados los recursos internos y, por tanto, abierta la vía ante el Sistema interamericano de Derechos Humanos.

La inacción del Senado está construyendo la ruta para restar o cuestionar la legitimidad de la calificación de la elección presidencial. Pareciera además increíble y preocupante que ninguna candidatura se haya referido al delicado tema en ninguno de los dos debates presidenciales.

Independientemente de nuestras preferencias políticas, debemos exigir que todos los órganos del Estado mexicano, no sólo el Tribunal Electoral, estén correcta y completamente integrados. La falta de un sexto magistrado pone en riesgo la legitimidad de las instituciones. La estabilidad y la confianza en el sistema dependen del nombramiento. También la gobernabilidad y la paz en el país. Los veteranos de 2006 sabrán que estos no son juegos banales. Se trata, quizá, del punto final de inflexión para nuestra accidentada transición a la democracia.

Con información de Aristegui Noticias

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