Ahome: rebeldía y confusión

Álvaro Aragón Ayala
Cuando menos en apariencia, debido a las prisas y los “vacíos legales”, el municipio de Ahome entró, la tarde del viernes y la mañana de este sábado, en una especie de crisis de gobernabilidad sui géneris que pudiera dar lugar a la desaparición total de la estructura municipal, pues además de la rebeldía y la ausencia de los funcionarios locales, incluyendo la mayoría de los regidores, el ayuntamiento ofrece la impresión de que cuenta con tres alcaldes.
Sí, tres presidentes municipales: Gerardo Vargas Landeros, electo mediante una elección constitucional, con licencia para ausentarse 90 días de sus funciones, y desaforado/destituido de su cargo; Rosa Margarita Velázquez Valdez, nombrada por los integrantes del cabildo para que cubra la ausencia de Vargas Landeros, y Antonio Menéndez del Llano Bermúdez, designado o electo por los diputados del Congreso Local.
Se entiende, pues, que la destitución de Vargas Landeros no es definitiva. Le quitaron la inmunidad procesal para que pueda ser sometido a proceso por el Juez de la causa por los delitos – en grado de presunción- que la ASE y la Fiscalia le imputan. Hasta este sábado por la mañana, no se tenía la renuncia de Rosa Margarita Velázquez y no se sabía si ella dejaba en automático el cargo de presidente al expedírsele ese nombramiento al alcalde “congresista”.
El caso es que el viernes por la tarde llegó a Palacio Municipal Antonio Menéndez, acompañado por los diputados César Guerrero y Minerva Vázquez, la ciudadana Magdalena Rocha, y el notario público Sergio Sarmiento, y en ausencia de los funcionarios municipales y de los regidores, procedieron a violentar las chapas y las puertas para acceder al edificio del ayuntamiento de Ahome.
La Ley Orgánica Municipal del Estado de Sinaloa establece que “el recinto del Ayuntamiento es inviolable; toda fuerza pública que no esté a cargo del propio Ayuntamiento está impedida para tener acceso a él salvo que se otorgue permiso previo por el Presidente Municipal, o en su ausencia, por el Secretario del Ayuntamiento, quién deberá levantar constancia de ello”. Se sobreentiende que como alcalde designado por el Congreso Local, Antonio Menéndez del Llano tomó la decisión de entrar al inmueble.
Sin embargo, es aquí, donde se genera el enredo o la confusión ¿Del Llano Bermúdez tiene o no la facultad para actuar como presidente municipal en funciones sin haber tomado posesión y protesta ante el cabildo de Ahome? ¿La protesta que rindió ante el Congreso Local significa también la toma de posesión en automático de sus responsabilidades como alcalde? Cuándo Antonio Meléndez fue designado presidente municipal ¿el cargo estaba o no vacante? ¿Los regidores carecen de potestad para nombrar presidentes municipales interinos?
La Constitución Política del Estado de Sinaloa especifica que “al presidente municipal (….) que va a instalarse les tomará la protesta el Presidente Municipal saliente en sesión pública de éste”, sin embargo también precisa que “la protesta se rinde sin previa interpelación ante la Cámara en sesión pública por los presidentes que se (sic) nombre el Congreso” y “ante el Ayuntamiento en sesión pública, ante los Presidentes Municipales Electos por el mismo”.
Así, pues, el cabildo del ayuntamiento no ha dado posesión ni ha decretado como alcalde a Antonio Menéndez, sin embargo, también él, como presidente nombrado por el Congreso está obligado constitucionalmente a informar al propio Poder Legislativo de la ausencia parcial o total de los funcionarios de la comuna. De persistir la rebeldía es probable y posible que se decrete la desaparición total de la estructura del ayuntamiento.
Este sábado, el alcalde del Congreso sostuvo una reunión con agentes de la Policía Municipal a la que no acudió su titular Julio César Romanillo. Del Llano Bermúdez expuso ahí que el comandante Carlos Rodríguez Ponce es el “encargado” de la corporación…