Las asimetrías en el combate contra el tráfico ilícito de bienes culturales

Jorge Sánchez Cordero

Los esfuerzos dirigidos a frenar el daño y destrucción del patrimonio cultural mediante instrumentos internacionales anteceden a las organizaciones culturales de nuestra época; sin embargo, los denodados intentos de la comunidad internacional por combatir el tráfico ilícito de bienes culturales pueden percibirse cuando en las legislaciones domésticas y foráneas se reflejan los propósitos por crear identidades nacionales. 

Estas iniciativas tuvieron sus primeras expresiones con diversas medidas para salvaguardar monumentos y sitios culturales, y con mecanismos tendientes a regular la circulación de antigüedades, especialmente las arqueológicas, a escala mundial. También contribuyeron a aminorar los estropicios culturales resultantes de conflictos armados. En sus primeros escarceos, la comunidad internacional articuló, bajo la fórmula del multilateralismo y la solidaridad, la salvaguarda del legado cultural.

Es en el interludio de las dos grandes guerras cuando ese conglomerado de países confecciona los primeros organismos mundiales, como el Instituto de Cooperación Internacional (IIIC) por sus siglas en inglés), dependiente de la antigua Sociedad de Naciones, con sede en Ginebra. El IIIC, antecedente inmediato de la Unesco y bajo el patrocinio francés, estuvo radicado en París, lo que habilitó a Francia para ejercer una influencia considerable en esa institución.

Al amparo del IIIC se creó la Oficina Internacional de Museos (IMO por sus siglas en inglés) a solicitud expresa de los gobiernos de América Latina, Asia y Oceanía. Este es el primer organismo identificable en la comunidad internacional cuyas actividades se encaminaban a reconocer y valorar la propiedad universal de los bienes culturales. 

IMO redactó los primeros proyectos de convención, como el relativo a la protección de tesoros artísticos e históricos, entre ellos monumentos y obras de arte, y el correspondiente al régimen internacional para las antigüedades y excavaciones.

IMO preludia los anhelos de salvaguardar la riqueza universal de antiguas civilizaciones mediante la protección de sitios seleccionados y la creación de colecciones permanentes en los museos. Su actividad fue intensa: propició la adopción de la Carta de Atenas para la Restauración de Monumentos Históricos (1931), con especial énfasis en la conservación de la propiedad arqueológica; más aún, consensuó medidas para la preservación y la protección de piezas de alto valor que fueran representativas de civilizaciones antiguas.

Este escrúpulo se fundaba en la solidaridad y en la asistencia recíproca, que adquirirían una importancia cardinal en el proceso evolutivo de la legislación internacional. 

La Carta de Atenas condujo a IMO a resolver que la propiedad cultural era patrimonio de la humanidad, mientras que la responsabilidad de su preservación correspondía a toda la comunidad internacional (Resolución 1932). Tal postulado determinó el curso de los trabajos de la IIIC hasta su disolución en 1939. 

Este interés creciente en la cooperación a través del multiculturalismo concentró la atención de los organismos que se formaron después de las dos guerras mundiales.  

 En respuesta a la Carta de Atenas, los países de destino argumentaron que, si bien existía una necesidad básica de las sociedades de tener acceso a su legado cultural, debía impulsarse un movimiento de intercambio y cooperación entre museos, instituciones coleccionistas y países de origen.

La premisa del acceso y la circulación de bienes culturales, particularmente los arqueológicos, fue contrabalanceada constantemente por la reivindicación de los países de origen. En efecto la aquiescencia respecto del tráfico de arte y de antigüedades resultó embarazosa para esos países y condujo a la urgente necesidad de diseñar un instrumento multilateral. 

En medio de estas frecuentes escaramuzas entre los países de origen y los de destino se creó, en diciembre de 1933, el Centro Internacional de Institutos de Arqueología e Historia del Arte, con sede en Roma, cuya encomienda era constituirse en un repositorio de instituciones y departamentos de arqueología y de historia del arte, así como llevar un registro de todas las excavaciones y exhibiciones en el ámbito universal.

En esa forma, en una conferencia sobre excavaciones efectuada en Egipto se recomendó la formulación de un sistema internacional de antigüedades y excavaciones (Carta de El Cairo de 1937). El énfasis era determinante: debía propiciarse el acceso a los recursos de los sitios arqueológicos mediante un sistema de cooperación en materia de antigüedades y excavaciones que condujera a un conocimiento de las antiguas civilizaciones. Si bien se acordó la repatriación de bienes culturales a los países de destino, se manifestó especial cautela en lo que atañe a los bienes arqueológicos.

Además, para favorecer la función museística científica y educativa se facultó a IMO para arbitrar en cualquier disputa entre los países de origen y las instituciones coleccionistas.

Las reflexiones y conclusiones a las que se llegó antes de la Segunda Guerra fueron las siguientes: una prevalencia en la perspectiva de los países de destino, y la conciliación, aunque con gran candidez, de dos intereses primarios antagónicos: el de los países de origen, que reivindicaban su derecho y legitimidad en cuanto a la preservación de su legado cultural, y el de los países de destino, que ponían de relieve la función educativa universal de los bienes culturales. 

La experiencia mexicana

México se adhirió a la IIIC desde 1925 y para ello creó la Comisión Mexicana de Cooperación Intelectual (CMCI), dependiente de la Secretaría de Educación Pública. Alfonso Reyes fue designado como su primer representante y Alberto J. Pani le sucedió en el cargo. La CMCI estuvo compuesta por intelectuales de gran prestigio, como Alfonso Pruneda, Ignacio García Téllez, Antonio Caso, Enrique Fernández Ledesma y Carlos Chávez, entre otros. 

En 1936 la CMCI estaba presidida por Luis Sánchez Pontón, y por Alfonso Reyes como secretario. Su proyecto era muy ambicioso: la fundación de una asociación internacional de universidades, la creación de una comisión nacional de artes populares y la organización internacional de música y cantos populares.

Alfonso Reyes. Gestión internacional. Foto: Procesofoto

Reyes se distinguiría por sus gestiones internacionales y por convertir al país en un cielo seguro para los intelectuales que huían de la cruenta Guerra Civil española. El asilo mexicano propiciado por Reyes para acogerlos fue fundamental en la creación de la Casa de España en México, antecesora de El Colegio de México (Fabián Herrera León).

El conflicto bélico

En el preámbulo de la Segunda Guerra Mundial el presidente Franklin D. Roosevelt llamó a las partes beligerantes a comprometerse en la salvaguarda del patrimonio cultural de la humanidad. Alemania, Reino Unido, Francia y Polonia respondieron afirmativamente. En septiembre de 1939, incluso el Reino Unido y Francia se comprometieron públicamente a preservar en la medida de lo posible los monumentos de la civilización. Las declaraciones formuladas se confrontaron seriamente con la devastación del patrimonio cultural en Europa durante ese conflicto bélico.

En 1942 una conferencia de ministros de los países aliados (CAME, por sus siglas en inglés) acordó impulsar un plan de reconstrucción de los sistemas educativos en la Europa liberada, pero no fue sino hasta noviembre de 1945 cuando 44 Estados, reunidos en Londres, convinieron crear la Unesco. 

El nuevo organismo respondía en sus fundamentos al planteamiento de Nueva Zelanda de orientarlo hacia la paz, la democracia y la educación. La aniquilación de un grupo o de una comunidad y de su cultura, se afirmó, debía considerarse una afrenta para la humanidad.

Roosevelt influyó de manera decisiva en el pensamiento universal. Argumentó que la civilización no es nacional sino internacional, y sus ideas permearon en la Conferencia de San Francisco, fundadora de la ONU, en la que se puso énfasis en la relevancia de todos los pueblos del mundo y de sus culturas, y no exclusivamente en su propiedad cultural en tanto tal.

La solidaridad internacional

Las inundaciones de 1966 en Florencia y el rescate en Egipto de los templos de Abu Simbel con motivo de la construcción de la presa de Asuán obligaron a la Unesco a considerar el vínculo entre cultura y naturaleza.

En ese mismo año se adoptó la Declaración de los Principios de la Cooperación Cultural Internacional, consistente en una reafirmación de varias iniciativas multilaterales acerca de los bienes culturales muebles y en torno al impacto adverso de su expoliación en la cultura, en la identidad de los pueblos y en el patrimonio cultural de la humanidad. 

En esa Declaración se reconoce que cada cultura tiene su propia dignidad y valor, los cuales deben ser respetados y preservados. Más aún, se afirma que la influencia cultural recíproca abona un legado cultural perteneciente a toda la humanidad. La misma Declaración fue retomada en forma expresa en la Convención de la Unesco de 1970, aunque ésta no contiene ninguna disposición que la haga técnicamente operativa.   

El primer documento que aprobó la Unesco en materia de cultura fue la Recomendación que Define los Principios Internacionales que Deberían Aplicarse a las Excavaciones Arqueológicas (Recomendación de 1956); en ella se reproduce mutatis mutandi la Carta del Cairo, en la que se observan con claridad las posiciones encontradas entre los países de origen y los de destino. 

La Recomendación reafirmó que los museos, léase los universales, debían asegurarse de que los bienes adquiridos no provinieran de excavaciones ilícitas ni del robo, e igualmente tenían que facilitar su restitución. Así, instó a los Estados miembros a ceder, intercambiar o depositar en otros recintos aquellos bienes culturales que no fueran necesarios para sus propios museos.

Estas obligaciones fueron reforzadas en la Recomendación sobre las Medidas Encaminadas a Prohibir e Impedir la Exportación, Importación y Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales, la cual urgió a adoptar una convención internacional multilateral. 

Los países de destino objetaron la propuesta con el argumento de que sus museos exhiben bienes culturales que le pertenecen a la humanidad, y señalaron que resultaba inaceptable que este propósito de investigación y educación estuviera sometido a amenazas. La esencia encubierta empero era preservar sus colecciones compuestas de bienes culturales provenientes del tráfico ilícito y del colonialismo. 

El Consejo Internacional de Museos (ICOM) terció y aseguró que no existe tensión alguna entre la necesidad legítima de los países de origen de preservar su legado cultural nacional en su territorio y el postulado de un legado cultural universal que favorezca el intercambio de bienes culturales.

En una feliz coincidencia, cuando la Asamblea General de la ONU adoptó en diciembre de 1969 la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales (Resolución 1514, XV), Perú y México presentaron en la Unesco el anteproyecto de Convención sobre la Restitución de Bienes Culturales, el cual tuvo de inmediato la simpatía de los recién creados Estados que habían adquirido su independencia tras un pasado colonial.

Finalmente se aprobó la Convención de la Unesco de 1970, que trata de encontrar un balance entre el fomento de las legislaciones nacionales y la promoción internacional del intercambio cultural, aunque su eficiencia se ha visto disminuida por procesos legislativos domésticos muy farragosos. El régimen específico para los museos que dispone esa Convención perenniza las colecciones privadas de los llamados museos universales, cuyos elementos de composición son, por decir lo menos, muy debatibles.

Epílogo

Esta reseña del proceso evolutivo de la legislación internacional en la materia refleja finalmente las tensiones en lo que concierne al combate contra el tráfico ilícito de bienes culturales y la asimetría de los esfuerzos entre los países de destino y los de origen. Para estos últimos el aspecto crematístico del patrimonio cultural era indubitable.

No es sino hasta la Resolución 2347 del Consejo de Seguridad de la ONU cuando el paisaje se transforma por razones metaculturales, como lo son el financiamiento de grupos terroristas internacionales y del crimen organizado mediante el tráfico ilícito de ese tipo de bienes. 

*Doctor en derecho por la Universidad Panthéon-Assas.

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